NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de setiembre de 2011 450268 Tipo B¸ y como tal en el Anexo 2 descrito también en el párrafo anterior, se establece para este tipo de municipalidades, como uno de los objetivos a cumplir: Efi ciencia en la gestión de residuos sólidos, el mismo que tiene como Meta 2: Implementar un Programa de Segregación en la Fuente como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios (aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2011-MPCP); sin embargo de acuerdo al Instructivo para el cumplimiento de Metas del Programa de Modernización Municipal (PMM) - para Municipalidades de ciudades principales TIPO B, la Meta 2 conlleva el cumplimiento de tres objetivos: 1. Realizar el Estudio de Caracterización de los Residuos Sólidos del Área urbana del distrito. 2. Desarrollar un Plan de Manejo de Residuos Sólidos. 3. Implementar un Programa de Segregación en la Fuente como parte del proceso de recolección. Como se puede observar el segundo objetivo implica el desarrollo de un Plan de Manejo de Residuos Sólidos, el mismo que de acuerdo al numeral 2.2 de la Meta 2 del Instructivo antes referido, se verifi cará su cumplimiento con la remisión mediante un ofi cio al Ministerio del Ambiente (MINAM) de la Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, entre otras acciones; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica indica en el Informe antes descrito que, en el numeral 2.1 de la Meta 2 del Instructivo en comento, se encuentra estipulado que la formulación del mencionado Plan, se encontrará acorde con los lineamientos establecidos por el MINAM; entre los cuales se encuentra la Ley de Residuos Sólidos, la cual en su Art. 10º Inc. 1) establece que dentro de la planifi cación de la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción se deberá compatibilizar los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos y centros poblados menores, con las políticas de desarrollo local y regional; es así que estando a lo antes señalado y de acuerdo a las coordinaciones realizadas con la Ing. Karla Paola Bolaños Cárdenas – Especialista en Gestión de Residuos Sólidos de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente – MINAM, encargada de brindar soporte técnico para el Programa de Modernización Municipal en lo que corresponde al MINAM; se deberá presentar el PIGARS, con la actualización necesaria realizada en lo que respecta al Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito del Cercado, que para el presente caso se deberá entender al distrito de Callería; razón por la cual es de la opinión que resulta necesario aprobar la actualización del PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS – PIGARS 2011 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, en lo que corresponde al PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS del distrito de Callería, y siendo que dicho instrumento debe ser aprobado mediante Ordenanza Municipal. Que, las Ordenanzas Municipales son Normas Municipales que aprueban disposiciones de carácter general en materia de su competencia, obligatorias en el ámbito de su jurisdicción, que regulan aspectos sustantivos de la vida social y económica de la comunidad, en observancia a lo prescrito en el Art. 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, cuyo texto original es como sigue: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos.(...)”. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 9º Inc. 8) de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.”; Que, mediante Proveído Nº 010-2011-ALC-SG/ SES.EXT de fecha 19 de julio del 2011, la Ofi cina de Secretaría General comunica que con Acuerdo Nº 010- 2011 adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 007-2011 del 19 de julio del 2011, el Concejo Municipal por mayoría de votos de sus miembros, determinó:”(…) APROBAR la actualización del PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS – PIGARS 2011 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, en lo que corresponde al PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS del distrito de Callería”; Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 777-2011- MPCP de fecha 22 de julio del 2011, se delega al Primer Regidor hábil Sr. Segundo Leonidas Pérez Collazos, las atribuciones políticas y administrativas propias del Despacho de Alcaldía, en mérito a los considerandos expuestos en dicha Resolución. Que, estando a las consideraciones expuesta, y al Acuerdo Nº 010-2011 adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 007-2011 por mayoría de votos de los miembros del Concejo Municipal; SE ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS – PIGARS 2011 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, en lo que corresponde al PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS del distrito de Callería; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios Públicos y a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Salubridad, Parques y Jardines, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Logística la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario de mayor circulación local. Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina de Secretaria General la notifi cación y distribución de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.municportillo.gob.pe). Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. MANDO: Publíquese, difúndase, regístrese y cúmplase. SEGUNDO LEONIDAS PEREZ COLLAZOS Alcalde (e) 692629-2 Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente de Residuos Sólidos Domiciliarios en la ciudad de Pucallpa” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2011-MPCP Pucallpa, 27 de junio de 2011 VISTOS: El Memorando Nº 344-2011-GM-MPCP, de fecha 27 de Junio de 2011; el Informe de Caracterización de Residuos Sólidos del distrito de Callería, de fecha 23 de Junio de 2011; el Programa de Segregación de Residuos Sólidos Domiciliarios en la ciudad de Pucallpa, presentado con fecha 27 de Junio de 2011; y, el Informe Nº 154-2011- MPCP-GAT-SGGASPJ, de la misma fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 190-2010-EF, que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y de la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal 2011, clasifi ca a la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo como ciudad principal de tipo B; la cual, tiene como objetivo la efi ciencia en la gestión de residuos sólidos, debiendo cumplir con Implementar un Programa de Segregación en la Fuente como parte del proceso de recolección de Residuos Sólidos – Meta 2; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas establece que el Programa de Segregación en la Fuente de los Residuos Sólidos será aprobado mediante Decreto de Alcaldía y remitido en versión digital al Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado en concordancia con lo estipulado en el artículo II del Título Preliminar