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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (03/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de abril de 2012 463596 Autorizan la permanencia de Oficial de la Marina de Guerra del Perú en EE.UU. en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2012-DE/MGP Lima, 2 de abril de 2012 Visto, el Ofi cio P.200-0362 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 7 de febrero de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 054-2011- DE/MGP, de fecha 9 de febrero de 2011, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Omar Martin TEJADA Pérez, para que participe como Ofi cial de Intercambio en la Base de Camp Lejeune del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, ciudad de Jacksonville, Estado de Carolina del Norte, Estados Unidos de América, del 15 de febrero de 2011 al 14 de febrero de 2012; Que, por Resolución Ministerial Nº 1311-2011-DE/MGP, de fecha 10 de diciembre de 2011, se autorizó la variación de fecha de inicio y término de la Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Omar Martin TEJADA Pérez, autorizada mediante Resolución Suprema Nº 054-2011-DE/MGP, de fecha 9 de febrero de 2011, en el sentido de considerar dicha Comisión a partir del 11 de marzo de 2011 al 10 de marzo de 2012; Que, mediante Acta de la XVI Reunión del Comité Naval Operacional, se ha contemplado para este tipo de intercambio un período mayor a UN (1) año, por lo cual la Marina de los Estados Unidos de América ha solicitado a la Marina de Guerra del Perú la ampliación de la referida Comisión de Servicio por UN (1) año adicional, considerando dicho período a partir del 11 de marzo de 2012 al 10 de marzo de 2013, con el fi n de cumplir con los objetivos propuestos para el mencionado intercambio; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Omar Martin TEJADA Pérez, para que continúe desempeñándose como Ofi cial de Intercambio en la Base de Camp Lejeune del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, ciudad de Jacksonville, Estado de Carolina del Norte, Estados Unidos de América, del 11 de marzo de 2012 al 10 de marzo de 2013, debido que ello responde a la necesidad de concretar el perfeccionamiento y capacitación del citado Ofi cial Superior en las doctrinas y avances tecnológicas que se vienen aplicando en la Marina de los Estados Unidos de América y por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, la ampliación de la mencionada Comisión de Servicio será de UN (1) año, que incluye los Años Fiscales 2012 y 2013, por lo que los pagos correspondientes al período comprendido del 11 de marzo al 31 de diciembre de 2012, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y para completar el período de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de enero al 10 de marzo de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, la citada ampliación ha sido incluida en el Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 27, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 004 - Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el Artículo 11º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004, establece que cuando la Comisión de Servicio sea por período mayor a UN (1) año, corresponderá asignación de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para el titular, cónyuge y aquellos sobre quienes se ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; así como por gastos de traslado, el equivalente a dos compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, que comprende los gastos por equipaje, bagaje e instalación, tanto para el viaje de ida como de vuelta; Que, el Numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Omar Martin TEJADA Pérez, CIP. 00913388 y DNI. 43574113, para que continúe desempeñándose como Ofi cial de Intercambio en la Base de Camp Lejeune del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, ciudad de Jacksonville, Estado de Carolina del Norte, Estados Unidos de América, con efi cacia anticipada a partir del 11 de marzo de 2012 al 10 de marzo de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (Ida): Lima - Jacksonville (EE.UU.) US$ 1,809.29 x 3 personas (Esposa y dos hijos) (Incluye TUUA) US$ 5,427.87 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 3,050.00 / 31 x 21 días (marzo) x 1 persona US$ 2,066.13 US$ 3,050.00 x 9 meses x 1 persona US$ 27,450.00 Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, Bagaje e Instalación) US$ 3,050.00 x 1 compensación US$ 3,050.00 TOTAL A PAGAR: US$ 37,994.00