TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464422 organizado los respectivos planes de estudio de las carreras que imparten de acuerdo con lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 23733 y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la ya mencionada Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia aprobados para su ejecución: • Carrera : Docente en Danza Clásica. • Carrera : Interprete en Danza Clásica. Las carreras antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas, para su inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 2º.- Establecer que los Programas de Complementación Curricular se diseñarán en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 777350-1 Declaran que la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, ha organizado los planes de estudio de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a la Ley Universitaria y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas aprobada por Res. Nº 599-2011-ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0373-2012-ANR Lima, 2 de abril de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La comunicación V.200-1258, de fecha 26 de diciembre de 2011, presentada por la Escuela Nacional de la Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” en virtud a la adecuación de Instituciones Educativas a la Ley 23733 – Ley Universitaria, dispuesta por la Ley N° 29696, además de Informe N° 038-2012-DGDAC, memorando N° 112-2012-SE y; CONSIDERANDO: Que, conforme es de advertirse el artículo 99 de la Ley N° 23733 – Ley Universitaria, resultó modifi cado mediante Ley N° 29292, de fecha 13 de diciembre del 2008, posteriormente con Ley Nº 29595, de fecha 08 de octubre de 2010, así como por Ley Nº 29630, de fecha 11 de diciembre de 2010, en el extremo que incorporó en sus alcances a Centros Superiores de Arte y Música, como son entre otras, la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; estableciendo que mantiene el régimen académico y de gobierno, y de economía establecidos por las leyes que la rigen y tienen los mismos deberes y derechos que confi ere la Ley Nº 23733, para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, que son validos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado; debiendo ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Ley Nº 29696, de fecha 03 de junio de 2011, se amplió los alcances del artículo 99º de la Ley Universitaria Nº 23733, ratifi cando entre otras, a la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, por lo que en cumplimiento del contexto de adecuación a la Ley Universitaria Nº 23733, dispuesto por la Ley Nº 29696, el Director de la mencionada Escuela presenta los planes de estudio de las siguientes carreras profesionales que imparten, para su evaluación y fi nes consiguientes: • Carrera Profesional de Marina Mercante, en sus especialidades de: - Puente - Máquinas • Carrera Profesional de Administración Marítima y Portuaria Que, mediante informe Nº 038-2012-DGDAC, de fecha 26 de enero de 2012, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa que los citados planes de estudio de las carreras profesionales que imparte la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” recogen los criterios establecidos por el artículo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 y las normas establecidas por la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la misma Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR de fecha 03 de junio de 2011; por lo que, correspondería emitir la resolución de aprobación; Que de igual forma, se advierte el memorando N° 112- 2012-SE, de fecha 30 de enero del 2012, por el cual la Secretaría Ejecutiva de la ANR, autoriza la expedición de la presente resolución; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, ha organizado los respectivos planes de estudio de las siguientes carreras profesionales que imparten de acuerdo con lo establecido en el artículo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la misma Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia aprobados para su ejecución: • Carrera Profesional de Marina Mercante, en sus especialidades de: - Puente - Máquinas • Carrera Profesional de Administración Marítima y Portuaria Las carreras profesionales antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas, para su inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 2º.- Establecer que los Programas de Complementación Curricular se diseñaran en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución.