Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2012 (19/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, por Decreto Supremo 064-2010-PCM se aprueba la metodologia de determinacion de los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, comprendidos en los MORDAZA de las entidades publicas, en cumplimiento del numeral 44.6, del Articulo 44º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por Ordenanza Regional Nº 003 del 7 de MORDAZA del 2010, el Gobierno Regional del Callao aprueba su MORDAZA, instrumento normativo de observancia obligatoria y aplicacion en su circunscripcion; Que, de acuerdo al Articulo 1º, de la Ordenanza Regional 009, del 24 de agosto del 2009, el Gobierno Regional del Callao, a traves de la Gerencia Regional de Salud, es la MORDAZA Autoridad de Salud en la Provincia Constitucional del Callao; Que, conforme al Memorando 057-2012-GRC/ DIRESA/GRS/OEPE, de la Direccion Ejecutiva de Planeamiento Estrategico de la Direccion Regional de Salud, de la Gerencia Regional de Salud, que viene acompanado de su respectivo Anexo, que cumple con las disposiciones establecidas en la normativa vigente para tal efecto, se propone la necesidad de incorporar diecisiete (17) nuevos Procedimientos Administrativos de Servicios Prestados en Exclusividad de la Direccion Regional de Salud del Callao, de la Gerencia Regional de Salud, en el MORDAZA del Gobierno Regional del Callao, aprobado por la Ordenanza Regional 003 del 7 de MORDAZA del 2010: proposicion que cuenta con el sustento tecnico sobre la denominacion, base legal, requisitos y derechos de tramite de cada uno de los diecisiete (17) nuevos procedimientos en mencion; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Consejo del Gobierno Regional del Callao ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA NUEVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO Y APRUEBA LA MODIFICACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Apruebese diecisiete (17) nuevos Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad de la Direccion Regional de Salud del Callao, asi como sus respectivos requisitos y costos administrativos, conforme al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo 2º.- Apruebese la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao, aprobado por la Ordenanza Regional 003 del 7 de MORDAZA del 2010, en lo que respecta a la denominacion, base legal, requisitos y derecho de tramitacion de los Procedimientos Administrativas y Servicios Prestados en Exclusividad de la Direccion Regional de Salud del Callao, conforme al Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo 3º.- Incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativo del Gobierno Regional del Callao, los diecisiete (17) nuevos Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, de la Direccion Regional de Salud del Callao, conforme al Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo 4º.- Apruebese la relacion de los formularios que se aplican en los procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad de la Direccion Regional de Salud del Callao, conforme al Anexo Nº 3, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo 5º.- Encarguese a la Oficina de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones del Gobierno Regional del Callao, la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gog.pe, en el MORDAZA del Estadio Peruano: www.peru.gog.pe, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe, en el MORDAZA del Ministerio de Justica; y, en el MORDAZA de la Direccion Regional de Salud del Callao: www.diresacallao.gob.pe.

Articulo 6º.-Dejese sin efecto las normas del Gobierno Regional del Callao que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 777762-1

Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Bellavista para la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica "Construccion de la MORDAZA de la Juventud en el Cercado de Bellavista - Distrito de Bellavista Callao - Callao"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 000046 Callao, 8 de marzo del 2012 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesion celebrada 8 de marzo del 2012, con el MORDAZA aprobatorio de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao. VISTOS: El Oficio Nº 017-2012-MDB/ALC, dirigido por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Bellavista al Presidente del Gobierno Regional del Callao; el Memorando 6912012-GRC-GRPPAT, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 233-2012-GRC/GRI-OC de la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 5312012-GRC/GAJ; y, el Dictamen Nº 036-2012-GRC/CR-CA de la Comision de Administracion Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 49.1 del articulo 49º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Regionales y Locales mantienen relaciones de coordinacion, cooperacion y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomia y competencias propias, articulando el interes nacional con los de las regiones y localidades; Que, el Articulo 77º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, concordantes con el articulo citado en el considerando precedente, senala que las entidades estan facultadas para dar estabilidad a la colaboracion interinstitucional mediante convenios de colaboracion; a traves de estos, las entidades a traves de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ambito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con clausulas expresa de libre adhesion y separacion; Que, asimismo, de acuerdo al numeral 12.1, literal c), del Articulo 12 de la Ley Nº 28912, Ley de Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal 2012, indica que entre las transferencias financieras permitidas durante el ano fiscal 2012, se encuentra la de c") Para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversion publica y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripcion del convenio respectivo..."; Que, el Titulo Preliminar de la Ley Nº. 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades en su Articulo VII, establece que las relaciones entre tres niveles de Gobierno deben ser de cooperacion y coordinacion, sobre la base del

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