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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (19/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2012 464416 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Francisco Laso” de Tacna ha organizado los planes de estudio de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a la Ley Universitaria y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas aprobada por Res. Nº 599-2011-ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0347-2012-ANR Lima, 26 de marzo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 393-2011-DG-ESFAP.FL-T., de fecha 27 de setiembre de 2011, presentado por la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Francisco Laso” en el que remite documentación para la adecuación a la Ley Universitaria, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29696, modifi can el artículo 99º de la Ley Universitaria Nº 23733, incorporando en sus alcances a Centros Superiores de Arte y Música, como son entre otras, la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Francisco Laso” de Tacna, con sede en la ciudad de Tacna; estableciendo que mantiene el régimen académico y de gobierno, y de economía establecidos por las leyes que la rigen y tienen los mismos deberes y derechos que confi ere la Ley Universitaria Nº 23733, para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, que son validos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado; debiendo ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cio de vistos, el Director General de la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Francisco Laso” de Tacna, en el marco de la Ley antes citada, presenta los planes de estudio de las siguientes carreras profesionales que imparten, para su evaluación y fi nes consiguientes: • Carrera Profesional de: Educación Artística Especialidad de Artes Plásticas • Carrera Profesional de: Educación Artística Especialidad de Música • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Artes Plásticas • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Música • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Teatro • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Danza Que, mediante informe Nº 033-2012-DGDAC, de fecha 23 de enero de 2012, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa que los citados planes de estudio de las carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Francisco Laso” de Tacna, recogen los criterios establecidos por el artículo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 y las normas establecidas por la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas a la ley Universitaria Nº 23733, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR de fecha 03 de junio de 2011; por lo que correspondería emitir la resolución de aprobación; Que, de igual forma, se advierte el memorando Nº 134-2012-SE, de fecha 2 de febrero de 2012, por el cual la secretaría ejecutiva autoriza la expedición de la presente resolución. En concordancia con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Francisco Laso” de Tacna, con sede en la ciudad de Tacna, ha organizado los respectivos planes de estudio de las carreras profesionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia aprobados para su ejecución: • Carrera Profesional de: Educación Artística Especialidad de Artes Plásticas • Carrera Profesional de: Educación Artística Especialidad de Música • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Artes Plásticas • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Música • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Teatro • Carrera Profesional de: Artista Profesional Especialidad de Danza Las carreras profesionales antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas, para su inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 2º.- Establecer que los Programas de Complementación Curricular se diseñaran en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y archívese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 777260-1 Declaran que el Instituto Superior de Música Público “Daniel Alomía Robles” de Huánuco, ha reactualizado los planes de estudio de las carreras que imparte COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0348-2012-ANR Lima, 26 de marzo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES