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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (09/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de agosto de 2012 472364 Artículo 7º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a la Municipalidad Distrital de Choco, Provincia de Castilla del Departamento de Arequipa, al Gobierno Regional de Arequipa, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 825462-6 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 171-2012-INDECI 10 de julio de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 427-2012-GR.PUNO/P de fecha 24.MAR.2012 del Gobierno Regional de Puno, el Informe Técnico Nº 009-2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 12.JUN.2012, el Informe Técnico Nº 009-2012- INDECI/14.0 del 12.JUN.2012, y el Memorándum Nº 353-2012-INDECI/14.0 del 10.JUL.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a las acciones que realice durante el Año Fiscal 2012, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente. Además, en caso de ser necesario, para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, se considera una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con el Ofi cio de Vistos, el Gobierno Regional de Puno remitió cuatro (04) Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, referidas a la solicitud para el alquiler de maquinaria pesada para la recuperación del servicio de defensa ribereña del río llave en la margen derecha, localizado en Sector Alquipa Cucho del Centro Poblado de Ocoña, Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Región Puno, debido al desborde y colapso del dique a causa de intensas precipitaciones pluviales presentadas en fecha 17 de febrero del 2012, así como para el alquiler de maquinaria para la ecuperación del servicio de protección de la defensa ribereña ubicado en la localidad Caccata, Corijachi y en la Comunidad Urani Marcacollo, margen izquierda del río llave, ubicado en el Distrito de Ilave, Provincia de El Collao, Región Puno, afectado por máximas avenidas ocurridas el 17 de febrero del 2012; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 009- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de los daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución; según señalan en sus fi chas técnicas, a consecuencia de las intensas precipitaciones del 15, 16 y 17 de febrero del 2012 en el Distrito de Ilave generó el incremento del caudal del río Ilave a más de 1350 m3/seg lo que ocasionó el colapso de la defensa ribereña – margen izquierda en los sectores de Alquipa Cucho del Centro Poblado de Ocoña, Caccata, Corijachi y Comunidad Urani Marcacollo, motivo por el cual proponen trabajos de carácter temporal, motivo por el cual requieren el alquiler de maquinaria pesada para la recuperación del servicio de defensa ribereña maquinaria y concluyen señalando que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 009-2012- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó cuatro (04) Fichas Técnicas formuladas por el Gobierno Regional de Puno, hasta por la suma de S/. 299 457,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Provincial de El Collao – Ilave del Departamento de Puno, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 116-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 2 621 831,00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Provincial de El Collao – Ilave del Departamento de Puno; De conformidad con la Ley Nº 29813 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto