Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2012 (09/08/2012)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2012

y Finanzas, cuyo incumplimiento derivara en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Articulo 5º.- Encargar a la Direccion Nacional de Logistica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Encargar a la Oficina de Estadistica y Telematica disponer la Publicacion de la presente Resolucion y sus Anexos en el MORDAZA Institucional (www. indeci.gob.pe). Articulo 7º.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional registre la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, y remita MORDAZA autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de MORDAZA, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto y de Administracion y a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA E. MURGUEYTIO MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 825465-3 RESOLUCION JEFATURAL Nº 177-2012-INDECI 11 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 1719-2012-EF/63.01 de fecha 17.MAY.2012 y el Informe Nº 356-2012-EF/63.01 de fecha 16.MAY.2012, de la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, el Oficio Nº 2131-2012/INDECI/4.0 del 07.JUN.2012 y el Memorandum Nº 367-2012-INDECI/14.0 del 11.JUL.2012 de la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a las acciones que realice durante el Ano Fiscal 2012, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica existente. Ademas, en caso de ser necesario, para mitigar los efectos daninos a la actividad agropecuaria altoandina, se considera una respuesta oportuna la provision de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, asimismo la mencionada Disposicion exceptua de la declaracion de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas para aplicar un procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad, a propuesta de la Direccion General de Politica de Inversiones, como requisito previo para la ejecucion de los proyectos de inversion publica que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 001-2012EF/63.01, se aprobo la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 069-2012EF/15, se aprobo la Directiva Nº 002-2012-EF/63.01, "Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud"; Que, el numeral 9.1 de la Directiva Nº 001-2012EF/63.01, senala que ocurrido el desastre de gran magnitud

o declarado oficialmente el peligro inminente del mismo por el organismo publico tecnico cientifico competente, las Entidades asignaran los recursos presupuestarios para la atencion de las emergencias realizando las modificaciones presupuestarias que correspondan, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y, solo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitara al INDECI los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, a traves del Oficio Nº 1719-2012-EF/63.01 y el Informe Nº 356-2012-EF/63.01 de Vistos, la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, declaro elegible y aprobo cuatro(04) Fichas Tecnicas de Proyectos de Inversion Publica ­ PIP de Emergencia solicitados por el Gobierno Regional de MORDAZA, correspondiente a la Municipalidad Provincial de Caylloma del Departamento de MORDAZA, denominados Rehabilitacion del sistema de riego de Bocatoma y MORDAZA de Chaico, Distrito de MORDAZA, Provincia de Caylloma, Departamento de MORDAZA, afectado por el deslizamiento de lodo, piedras arrastradas por huaycos, ocasionado por intensas lluvias del 14 de febrero del 2012", "Rehabilitacion del sistema de riego de Bocatoma y MORDAZA de Rosasani, Distrito de MORDAZA, Provincia Caylloma, Departamento de MORDAZA, afectado por el deslizamiento de lodo, piedras arrasadas por los huaycos, ocasionado por intensas lluvias del 14 de febrero del 2012", "Restablecimiento de la via vehicular a traves de la rehabilitacion de la alcantarilla ubicado en el sector de Ccapo Anansaya, Distrito de Chivay, Provincia de Caylloma, Departamento de MORDAZA, afectado por las intensas lluvias del 14 de febrero del 2012" y "Restablecimiento de la via vehicular a traves de la rehabilitacion de la alcantarilla ubicado en el sector Anansaya - Trapiche, Distrito de Chivay, Provincia de Caylloma, Departamento MORDAZA, afectado por las intensas lluvias del 14 de febrero del 2012", por el monto total de S/. 416 801,00 (CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), senalando ademas que sera financiado con recursos de la Reserva de Contingencia, establecidos en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Que, mediante el Oficio Nº 2131-2012/INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, solicita al Ministerio de Economia y Finanzas la aprobacion del Decreto Supremo que permitira atender el requerimiento solicitado por el Gobierno Regional de Arequipa; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 116-2012-EF se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 2 621 831,00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, para la ejecucion de diversos proyectos de inversion publica, considerandose entre otros, la suma de S/. 416 801,00 (CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la Municipalidad Provincial de Caylloma del Departamento de Arequipa; Que, de conformidad con el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atencion de desastres se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, las mismas que seran obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma del Departamento de MORDAZA, presentado por el Gobierno Regional de MORDAZA, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 116-2012-EF, hasta por la suma de S/. 416 801,00 (CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES),

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