Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2012 (09/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion en la pagina web institucional del OSIPTEL (http://www.osiptel. gob.pe) del Proyecto de Propuesta de Oferta Basica de Interconexion para las empresas operadoras del servicio publico movil, el cual se encuentra contenido en el Anexo Nº 1 y forma parte integrante de la presente resolucion. Asimismo, se dispone la publicacion en la pagina web institucional del OSIPTEL de la presente resolucion, su Exposicion de Motivos y el informe sustentatorio. Articulo Segundo.- Disponer un plazo de sesenta (60) dias calendario contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, adjuntando MORDAZA de los mismos en formato electronico, respecto del Proyecto de Propuesta de Oferta Basica de Interconexion para las empresas operadoras del servicio publico movil referido en el articulo precedente, al OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima), pudiendo remitirlos via fax al numero: (511) 475-1816 o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel.gob.pe. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y su exposicion de motivos en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. ANTECEDENTES. Mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011CD/OSIPTEL de fecha 18 de agosto de 2011 se aprobaron las disposiciones para que las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles presenten sus Ofertas Basicas de Interconexion (OBI). Conforme a lo dispuesto por el articulo 1º de esta resolucion, el OSIPTEL publicara una propuesta de OBI para cada uno de los escenarios de interconexion correspondiente a los operadores del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles, la cual servira de referencia para la elaboracion de las OBI que deberan presentar dichas empresas. En el ultimo parrafo del citado articulo 1º se establecio que en el plazo de treinta (30) dias habiles contados desde el dia siguiente de la publicacion de la propuesta de OBI por parte del OSIPTEL, las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y las empresas operadoras de servicios publicos moviles remitiran las OBI correspondientes a sus servicios, para revision y aprobacion del OSIPTEL. Mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0392012-CD/OSIPTEL de fecha 02 de MORDAZA de 2012, se publico para comentarios el Proyecto de OBI para las empresas del servicio de telefonia fija, a fin de que remitan los comentarios que consideren pertinentes. II. ANALISIS. La OBI es un documento que contiene las condiciones tecnicas, economicas y legales, que resultan necesarias para que con la aceptacion por parte de un operador de telecomunicaciones, se genere un acuerdo de interconexion. La OBI debe ser de conocimiento publico a fin de que el operador que este interesado en solicitar la interconexion, pueda evaluar previamente las condiciones establecidas en la OBI y de estar de acuerdo con las mismas, pueda aceptar su aplicacion, evitandose entrar en un MORDAZA convencional de negociacion del acuerdo de interconexion, que dilatara su entrada al MORDAZA de telecomunicaciones.

En ese sentido, la OBI facilita el establecimiento de las relaciones de interconexion, disminuyendo los costos de transaccion entre los operadores de servicios publicos de telecomunicaciones convirtiendose en un instrumento regulatorio que favorece la suscripcion de los contratos de interconexion, y en consecuencia, resulta favorable para el MORDAZA de servicios publicos de telecomunicaciones. El OSIPTEL mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL de fecha 18 de agosto de 2011, aprobo las disposiciones para que las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles presenten sus OBI. La MORDAZA de las referidas OBI se sujeto a que previamente el OSIPTEL publicara una propuesta de OBI, la cual servira de referencia a las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles. Sobre el particular, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 039-2012-CD/OSIPTEL de fecha 02 de MORDAZA de 2012, se publico para comentarios el Proyecto de OBI para las empresas del servicio de telefonia fija. En este contexto, se ha procedido ha elaborar la propuesta de OBI para las empresas del servicio publico movil, a fin de publicarla para comentarios y sugerencias de los interesados, de manera previa a la publicacion definitiva de la misma. Para mayor claridad respecto del MORDAZA de aprobacion de las OBI correspondiente al servicio publico movil se presenta el siguiente cuadro: Cuadro Nº 1. Etapas para la elaboracion, revision y aprobacion de las OBI
1 Establecimiento de la obligacion de Resolucion de Consejo Directivo Nº presentar OBI 106-2011-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de agosto de 2011. 2 Publicacion del Proyecto de Propuesta de OBI para el servicio publico movil por parte del OSIPTEL. Aprobacion y publicacion de la Propuesta de OBI para el servicio publico movil. Mediante la presente resolucion.

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Luego de la evaluacion de los comentarios y sugerencias al Proyecto de Propuesta de OBI para el servicio publico movil.

4 Remision de la OBI por parte de las Plazo de treinta (30) dias habiles empresas operadoras del servicio contados desde el dia siguiente de publico movil, para revision y la publicacion de la propuesta de aprobacion del OSIPTEL. OBI por parte del OSIPTEL. 5 Revision y aprobacion de las OBI El OSIPTEL aprobara la OBI dentro del servicio publico movil por parte del plazo de treinta (30) dias habiles del OSIPTEL. contados a partir de la MORDAZA de la misma, salvo la existencia de observaciones. El procedimiento de revision y aprobacion se sujeta a lo dispuesto por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011CD/OSIPTEL.

Conforme al cuadro precedente, mediante la presente resolucion, el MORDAZA se encuentra en su etapa 2. Luego que se reciban los comentarios y sugerencias al presente proyecto de propuesta de OBI para las empresas operadoras del servicio publico movil, el OSIPTEL publicara la propuesta de OBI dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL. A partir de la publicacion de la propuesta a que hace referencia el parrafo precedente, se iniciara el computo del plazo para que las empresas operadoras del servicio publico movil remitan las OBI correspondientes a sus servicios, para revision y aprobacion del OSIPTEL, conforme a lo senalado por el ultimo parrafo del articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011CD/OSIPTEL. Asi, mediante la resolucion que se propone se dispone la publicacion previa del proyecto de propuesta de OBI para las empresas operadoras del servicio publico movil. Este proyecto de propuesta de OBI presenta las condiciones tecnicas, economicas y legales correspondientes a las

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