TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de agosto de 2012 473833 Artículo Octavo.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 834623-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan plazo del Tercer Vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del año 2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 22-2012-MSS Santiago de Surco, 29 de agosto de 2012 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 350-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Técnico Nº 015-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 663-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Ordenanzas Nº 400-MSS, 410-MSS y 417-MSS; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza Nº 400-MSS, modifi cada mediante Ordenanza Nº 410-MSS, se aprobó el Marco Legal y Disposiciones para el Cálculo de los Arbitrios Municipales para el año 2012, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 1559 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 400-MSS, señala que el vencimiento para el pago por la prestación mensual del servicio en el ejercicio 2012, coincidirá con las fechas de pago programadas para el Impuesto Predial, excepto el mes de Diciembre; estableciendo que el pago de Arbitrios de los meses de junio, julio y agosto del 2012, vence el 31 de agosto de 2012; Que, la Ordenanza Nº 417-MSS, en su Artículo Segundo, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar prorrogas de plazo para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2012; Que, mediante Memorándum Nº 350-2012-GAT-MSS la Gerencia de Administración Tributaria, adjuntando el Informe Nº 15-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, expone que en atención a los múltiples pedidos de los vecinos del distrito, se ha elaborado la propuesta de prorroga del plazo para el pago del Tercer Vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2012; Que, tratándose de una norma que otorga benefi cios, la Gerencia de Administración Tributaria precisa que resulta innecesaria la prepublicación del proyecto, en tanto constituye únicamente la aplicación de benefi cios, conforme a lo establecido en el inciso 3.2 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 663-2012-GAJ- MSS; y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- PRORROGAR el plazo del Tercer Vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del año 2012, hasta el 20 de setiembre de 2012, así como de los benefi cios e incentivos asociados al mismo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Segunda.- Encargar a la Gerencia Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Tercera.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 834930-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 007-2012-MDCH Mediante Ofi cio Nº 293-2012-MDCH/A la Municpialidad Distrital de Chancay solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 007-2012-MDCH, publicada en la edición del día 25 de agosto de 2012. DICE: “Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, el cual consta de 100 Artículos, XIII Títulos, 02 Disposición Transitorias y 01 Disposición Final, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza”. DEBE DECIR: “Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, el cual consta de 102 Artículos, XIII Títulos, 02 Disposiciones Transitorias y 01 Disposición Final, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza”. 835014-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LEONCIO PRADO Exoneran de proceso de selección la contratación de persona natural o jurídica en la ejecución del proyecto “Construcción del sistema de riego Santa Rosa de Umamarca Uchuymarca, provincia de Lucanas Ayacucho” ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2012-MDLP/A Tambo Quemado, 6 de agosto del año 2012 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 06 de agosto del año 2012, según el Informe Nº 012 -2012 OOP/MDLP, de la ofi cina de obras y proyectos de la Municipalidad y la Opinión Técnico Legal según Informe Nº 014 -2012–AAE/ MDLP de la Ofi cina de Asesoría Legal externa, sobre Evaluación de Situación de emergencia para la Ejecución de la obra del Proyecto denominado; “Construcción del