Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2012 (31/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2012

Sistema de Riego MORDAZA MORDAZA de Umamarca-Uchuymarca, provincia de Lucanas Ayacucho". CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru y el Art. 11 del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establecen que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; que a traves del Decreto Legislativo Nº 1017 se promulgo y aprobo la Ley de Contrataciones del Estado, la cual contiene las disposiciones y lineamientos que deben observar las entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes y servicios u obras que regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos. Asimismo mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF se aprobo el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017; Que, el inciso b) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 establece que ante una situacion de Emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan un grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional. Asimismo, al articulo 23º senala que la Entidad debe actuar de manera inmediata, ante situaciones que pongan en grave peligro la ejecucion de un determinado proyecto, es por lo que la entidad queda exonerada del expediente administrativo y podra ordenar lo necesario remediando el evento producido, y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales del presente Decreto Legislativo. Que, conforme lo dispone el Articulo Nº 128º del D.S: Nº 184-2008-EF, Situacion de Emergencia, "En virtud de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan en grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional, la Entidad debera contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir y atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes. Posteriormente, debera convocar los respectivos procesos de seleccion. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva. Toda contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez(10) dias habiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del inicio de la prestacion del servicio o del inicio de la ejecucion de la obra, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion o acuerdo correspondientes y los informes tecnico y legal sustentatorios en el SEACE, debiendo remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones, que el Informe Nº 012 -2012 ALP/MDLP, del area de Logistica y Proyectos de la Municipalidad cuenta que por el periodo del tiempo que restan para poder efectuar la MORDAZA de seleccion para la ejecucion del proyecto acotado y tomado en consideracion que la ejecucion del proyecto en mencion es por el lapso de quince (15 meses), por lo que estando cerca el periodo de lluvias del cual imposibilita la ejecucion en esa temporada. Por lo que tomando en consideracion la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Legislativo Nº 1017, establece como regla general, la obligacion de todas las entidades del sector publico de observar las disposiciones y lineamientos en todos los procesos de contrataciones de bienes, servicios u Ejecuciones de obras tal y conforme lo prescribe la Ley acotada y su Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado- Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; sin Embargo, dicha regla de vinculacion legal a todos los procesos de contratacion a las instituciones del Sector Publico, contiene una excepcion "la exoneracion de los Procesos de seleccion", la Causal ha sido recogida en el Art. 20º de la Ley, bajo determinacion y atendiendo a las precipitaciones fluviales estan en un periodo cercano se sufre en toda nuestra region y entre ellos Nuestro Distrito la declaracion de emergencia seria una causal viable a efectos de exonerar del MORDAZA de seleccion con la finalidad de que de manera inmediata se contrate una persona natural o juridica para que realice la ejecucion del proyecto. En tal sentido podemos precisar que la ejecucion de obras institucionales que se orientan al desarrollo local constituyen una funcion del Estado en provecho de sus Comunidades; toda vez que de persistir la demora en

la contratacion de una persona natural o juridica para la ejecucion del proyecto este ano calendario pudiendo perjudicar el convenio con la entidad de FONIPREL, conforme a los argumentos y demas detalles expuestos ampliamente en el Informe Nº 012 -2012 ALP/MDLP, de la Oficina de Obras y Proyectos de la Municipalidad. Que, segun Informe Legal Nº 014 -2012­AAE/ MDLP del area asesoria Legal externa, que los gobiernos locales rigen el procedimiento de adquisicion y contratacion de los bienes, servicios y la ejecucion de obras, necesarios para el cumplimiento de sus fines a lo senalado por el Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo, por lo que existiendo razones i teniendo la necesidad de cumplir con la ejecucion en el periodo senalado en el expediente es mas existiendo el peligro de la demora por periodo de lluvias en nuestra Region; es asi que corresponde al Concejo Municipal declarar en situacion de emergencia a la municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, por el tiempo estrictamente necesario y disponer las acciones administrativas para la realizacion del referido MORDAZA de seleccion a cargo de la oficina de administracion de la Entidad, se debera disponer la publicacion del acuerdo de concejo y cada uno de los informes que lo sustentan a traves del SEACE dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision. En el mismo plazo, la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA al Organo de Control institucional o la que haga sus veces, conforme a lo normado por el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017. Asi mismo estando a los informes Tecnico / Legal de las areas de la municipalidad, las mismas que dan a conocer, que estando cerca a los meses temporadas de lluvias en el ambito del Distrito de MORDAZA MORDAZA, en consecuencia y en base a los mencionados informes el concejo Municipal en Sesion de Concejo Nº 015-2012, acuerdan por unanimidad declarar en Situacion de Emergencia el Distrito de MORDAZA MORDAZA, por el lapso de 120 dias naturales, en los sector MORDAZA, en consecuencia la exoneracion del MORDAZA de Seleccion es legalmente viable; que es recomendable, de caracter urgente la Ejecucion del proyecto "Construccion del sistema de riego MORDAZA MORDAZA de Umamarca-Uchuymarca, provincia de Lucanas Ayacucho"; estando a la exposicion y los informes con opinion favorable del Concejo Municipal, en uso de las facultades establecidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Decreto Legislativo Nº 1017-2008/EF., Decreto Supremo Nº 184-2008/EF. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en la forma Reglamentaria con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; POR UNANIMIDAD: SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Emergencia el Distrito de MORDAZA MORDAZA por el eminente peligro de la demora en la ejecucion del proyecto "Construccion del sistema de riego MORDAZA MORDAZA de Umamarca Uchuymarca, provincia de Lucanas Ayacucho", en la temporada de lluvias, en el lapso de los 120 dias naturales a partir de la emision del presente acuerdo, de acuerdo a los fundamentos en los considerandos precedentes en el sector Agricultura. Articulo Segundo.- APROBAR, por causal de Situacion de Emergencia, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de una persona natural o juridica en la ejecucion del proyecto "Construccion del sistema de riego MORDAZA MORDAZA de Umamarca Uchuymarca, provincia de Lucanas Ayacucho. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Logistica y obras, la ejecucion del MORDAZA de Exoneracion del proyecto "Construccion del sistema de riego MORDAZA MORDAZA de Umamarca Uchuymarca, provincia de Lucanas Ayacucho. Articulo Quinto.- ENCARGAR a secretaria de la Municipalidad, remita a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Superior de Contrataciones del Estado ­ OSCE, copias del presente Acuerdo de Concejo, informe tecnico y legal que lo sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de expedicion; asi como la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano; y en SEACE-OSCE en el termino de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PACASE MORDAZA

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