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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de diciembre de 2012 479993 disposición del almacén aduanero de la circunscripción con el acta correspondiente en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles siguientes de adoptada la medida, registrando los resultados en el SIGEDA. 7. Tratándose de incautaciones realizadas en la circunscripción de las Aduanas de Lima-Callao, la mercancía es entregada a la Gerencia de Almacenes. 8. El personal designado de la Gerencia de Almacenes y los almacenes de las intendencias de aduana de la República dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de recibida la mercancía, registra en el SIGEDA la información contenida en el acta de acuerdo con lo establecido en el Instructivo de Trabajo “Confección, llenado y registro del Acta de Inmovilización-Incautación” IPCF-IT.00.01.01(versión 2). 9. Dentro del día hábil siguiente de realizado tal registro, remite las Actas de Inmovilización-Incautación y sus actuados al área que define la situación legal de la mercancía. 10. El plazo para solicitar la devolución de las mercancías, medios de transporte, bienes y efectos que constituyan objeto material de la presunta infracción administrativa incautados por la comisión de las infracciones administrativas a la Ley Nº 28008, es de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de recibida el acta de incautación, resultando aplicable el numeral 5 del rubro B. 11. Vencido el plazo de incautación sin que el interesado solicite la devolución de la mercancía, o siendo solicitada se acredite la confi guración de la infracción, se expide la Resolución de comiso y otras sanciones si corresponden. 12. En el momento de la intervención la autoridad aduanera retiene la licencia de conducir de las personas que en calidad de conductores transportan mercancías vinculadas a la infracción administrativa, dejando constancia del hecho en el Acta de Incautación-Inmovilización. Mediante Ofi cio remite el documento al MTC en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de adoptada la medida. 13. Cuando no es posible retener la licencia de conducir durante la intervención, el funcionario designado se anota en el Acta de Inmovilización-Incautación los datos de identidad del conductor, placa de rodaje, marca REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL