TEXTO PAGINA: 71
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480225 los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 198-2012-EF, hasta por la suma de S/. 124 490,00 (CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de tres (03) Proyectos de Inversión Pública – PIP de Emergencia, señalados en el Anexo Nº 01 adjunto, que forman parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de tres (03) Proyectos de Inversión Pública – PIP de Emergencia, cuya meta, actividades, estructura de costos de las partidas y subpartidas, monto total y plazo de ejecución, aprobado en las Fichas Técnicas de PIP de Emergencia, deben ser respetados en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, las acciones para la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Forman parte de la presente Resolución los Anexos Nºs. 02, 03 y 04, en cinco (05) folios, referidos al control y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras, a fi n de que la Unidad Ejecutora reporte mensualmente los avances hasta la culminación de los PIP, los mismos que serán remitidos al INDECI. Artículo 4º.- La Unidad Ejecutora benefi ciada deberá sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en las Directivas Nº 001-2012-EF/63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2012-EF/63.01 y Nº 002- 2012-EF/63.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2012-EF/15, el Decreto de Urgencia Nº 008-2012 y sus normas complementarias sobre la materia, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia declarados elegibles por la Dirección General de Políticas y Normas del Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo incumplimiento derivará en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 7º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de Apurímac, a la Municipalidad Distrital de Ocobamba, Provincia de Chincheros del Departamento de Apurímac, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 875032-20 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 306-2012-INDECI 12 de octubre de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 2493-2012-EF/63.01 del fecha 03.SET.2012, y el Informe Nº 609-2012-EF/63.01 del 29.AGO.2012, de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, el Ofi cio Nº 3505-2012/INDECI/4.0 del 17.SET.2012 y el Memorándum Nº 696-2012-INDECI/14.0 del 12.OCT.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el año fi scal 2012, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública; Que, asimismo la mencionada Disposición exceptúa de la declaración de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para aplicar un procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad, a propuesta de la Dirección General de Política de Inversiones, como requisito previo para la ejecución de los proyectos de inversión pública que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 069-2012- EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2012-EF/63.01, “Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”; Que, el numeral 9.1 de la Directiva Nº 001-2012- EF/63.01, señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, a través del Ofi cio Nº 2493-2012-EF/63.01 y el Informe Nº 609-2012-EF/63.01 de Vistos, la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, declaró elegible y aprobó una (01) Ficha Técnica de Proyecto de Inversión Pública – PIP de Emergencia, solicitada por el Gobierno Regional de Ayacucho, denominada “Rehabilitación del canal de riego de Culluna - Acchaqasa del anexo de Pomacocha Distrito de Colta - Paucar del Sara Sara - Ayacucho afectado por las intensas lluvias, caída de huaycos y deslizamientos de tierras como consecuencia de las lluvias persistentes ocurrido el 17 de febrero del 2012”; Que, mediante el Ofi cio Nº 3505-2012/INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación del Decreto Supremo que permitirá atender el requerimiento solicitado por el Gobierno Regional de Ayacucho; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 198-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 9 124 248,00 (NUEVE MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, para la ejecución de diversos proyectos de inversión pública, considerándose entre otros, la suma de S/. 34 583,00 (TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la Municipalidad Distrital de Colta, Provincia de Paucar del Sara Sara del Departamento de Ayacucho; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Colta,