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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (07/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480237 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 078-2009-ANSC-PE, el señor Norvil Coronel Olano fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante Ofi cio Nº 061-2012-PE/IRTP, la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú solicita, la asignación de un Gerente Público para ocupar el cargo de Jefe de la Ofi cina de Logística en la referida entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 046-2012 aprobó la asignación del Gerente Público Norvil Coronel Olano al cargo de Jefe de la Ofi cina de Logística, dicho cargo de destino fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 156-2012-SERVIR-PE; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 014-2010- PCM y Nº 117-2012-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: GERENTE PÚBLICO CARGO ENTIDAD DE DESTINO Norvil Coronel Olano Jefe de la Ofi cina de Logística Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 875563-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Inician proceso de transferencia de funciones del subsector Industria del Ministerio de la Producción - PRODUCE al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 010-2012-OEFA/CD Lima, 30 de noviembre de 2012 VISTO: El Informe N° 015-2012-OEFA/CTS de la Presidencia de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental de los Sectores Industria y Pesquería del Ministerio de la Producción – PRODUCE al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por los sectores involucrados se establecerán las entidades cuyas funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental serán asumidas por el OEFA, así como el cronograma para la transferencia del acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades; Que, el segundo párrafo de la disposición complementaria fi nal citada en el párrafo precedente establece que las entidades sectoriales que se encuentren realizando funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental —en un plazo de treinta (30) días hábiles contado a partir de la entrada en vigencia del respectivo Decreto Supremo— deben individualizar el acervo documentario, personal, bienes y recursos que serán transferidos al OEFA, poniéndolo en conocimiento y disposición de este para su análisis, así como acordar conjuntamente los aspectos objeto de la transferencia, los cuales serán aprobados por Resolución del Consejo Directivo del OEFA dentro de los treinta (30) días posteriores de haberse acordado dichos aspectos, determinándose la fecha en que el OEFA asumirá las funciones objeto de la transferencia; Que, con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 29325 y dentro del proceso gradual de transferencia de las funciones de las entidades del Gobierno Nacional con competencias ambientales, mediante Decreto Supremo N° 009-2011-MINAM publicado el 03 de junio del 2011, se aprobó el inicio del proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental relativas a los Subsectores Industria y Pesquería del PRODUCE al OEFA; Que, el Artículo 3° del Decreto Supremo N° 009-2011- MINAM dispone que el PRODUCE transfi era al OEFA las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental de los Sectores Industria y Pesquería, otorgando la posibilidad de ampliar el plazo mediante Resolución de Consejo Directivo del OEFA; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 009-2011-OEFA/CD del 29 de diciembre del 2011, se amplió hasta el 01 de junio de 2012 el plazo para concluir el proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del sector industria del PRODUCE al OEFA, precisando las fechas al interior de dicho plazo en que debían asumirse de manera progresiva los distintos Subsectores de Industria priorizados de acuerdo a la Clasifi cación Industrial Internacional Uniforme – CIIU; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 006-2012-OEFA/CD del 01 de junio del 2012, se amplió hasta el 30 de noviembre de 2012 el plazo para concluir el proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Sector Industria del PRODUCE al OEFA a fi n de culminar dicho proceso iniciado mediante Decreto Supremo N° 009-2011-MINAM; Que, según lo señalado en el Informe N° 015-2012- OEFA/CTS, el Presidente de la referida Comisión de Transferencia propone que el proceso de transferencia continúe desarrollándose de manera progresiva conforme al cronograma que se apruebe para dicho efecto, así como recomienda validar el Acuerdo N° 44-2012- CTPO PRODUCE-OEFA que aprueba las funciones en materia ambiental del Subsector Industria objeto de la transferencia; Que, en atención a lo recomendado por el Presidente de la Comisión de Transferencia mediante el informe referido