TEXTO PAGINA: 112
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de diciembre de 2012 480598 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Prorrogan plazo de vigencia de Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas establecidas en la Ordenanza Nº 166- 2012-MDC DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2012-MDC Cieneguilla, 30 de noviembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: El Informe Nº 221-2012-GATR/MDC, de fecha 28 de noviembre del 2012 de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 305-2012-GAJ-MDC, de fecha 29 de noviembre del 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 282-2012-GM-MDC de fecha 30 de noviembre de 2012 de la Gerencia Municipal, sobre ampliación de la vigencia del Benefi cio Tributario y Administrativo, otorgado mediante Ordenanza Nº 166- 2012-MDC y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 166-2012-MDC, se estableció el Régimen de Benefi cios de Regularización de Deudas Tributarias y Administrativas en el Distrito de Cieneguilla, para que los administrados regularicen sus obligaciones tributarias formales, en cualquier estado que se encuentren; Que, el artículo segundo de la referida ordenanza dispuso su vigencia hasta el 30 de Noviembre del presente ejercicio, a fi n de que los administrados puedan benefi ciarse de los benefi cios e incentivos de rebajas otorgados mediante dicha ordenanza; Que, la primera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 166-2012-MDC dispuso facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicación y/o prórroga del benefi cio tributario que se prueba mediante la referida Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia previsto en el segundo artículo de la Ordenanza Nº 166- 2012-MDC, hasta el 22 de Diciembre de 2012. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría General disponga su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 876289-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL