Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480931

AGRICULTURA
Prorrogan plazo otorgado por la R.J. Nº 579-2010-ANA para la regularizacion de usos de agua existentes en el MORDAZA y modifican el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua
RESOLUCION JEFATURAL Nº 504-2012-ANA MORDAZA, 13 de diciembre de 2012 VISTO: Los Informes Tecnicos Nºs. 252 y 279-2012-ANADARH-ORDA de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos y Nº 113-2012-ANA-DCPRH-ERHSUB-EZT de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3) del articulo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hidricos, establece que es funcion de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestion integral y sostenible de los recursos hidricos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010AG se aprobo el reglamento de la precitada Ley, el mismo que regula en el Capitulo III del Titulo IV, los procedimientos para el otorgamiento de licencias de uso de agua; Que, por Resolucion Jefatural Nº 579-2010-ANA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de setiembre del 2010, se aprobo el Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua, que contiene los requisitos especificos, plazos y tramites que deben presentar los administrados para el otorgamiento de los derechos de uso de agua en el MORDAZA de la Ley de Recursos Hidricos y su Reglamento, la misma que ha sido modificada por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 297 y 805-2011-ANA; Que, la precitada resolucion en su primera, MORDAZA y tercera disposicion complementaria transitoria establece disposiciones para que las personas que en su oportunidad no se acogieron al Programa Extraordinario de Formalizacion de Derechos de Uso de AguaPROFODUA y que al momento de la publicacion de dicha resolucion continuaban utilizando el agua de manera publica, pacifica y continua durante cinco anos o mas sin contar con sus respectivas licencias de uso de agua, asi como para aquellas personas que a esa fecha venian usando el agua superficial o subterranea bajo las mismas caracteristicas, tramiten en un solo procedimiento la obtencion de la licencia de uso de agua superficial en via de regularizacion, otorgandose para tal efecto el plazo de dos anos computados a partir de la vigencia de la acotada resolucion; Que, segun el Informe Tecnico Nº 252-2012-ANADARH-ORDA, a la fecha se encuentra pendiente de regularizar el otorgamiento de las licencias de uso de agua para aproximadamente 1 500 000 predios o unidades agricolas y 24 000 usos poblacionales; asi como 15 000 usos de agua agrarios cuyos titulares no se han podido acoger al Programa Extraordinario de Formalizacion de Derechos de Uso de Agua, recomendando ampliar el plazo otorgado por la Resolucion Jefatural Nº 579-2010ANA con la finalidad de regularizar los usos de agua existentes en el pais; Que, asimismo la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos y Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos mediante los Informes Tecnicos Nºs. 279-2012-ANA-DARH-ORDA y Nº 113-2012-ANA-DCPRH-ERH-SUB-EZT respectivamente, han recomendado modificar, precisar y ampliar algunos articulos del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua, teniendo

en cuenta los aportes y sugerencias de los organos desconcentrados en la tramitacion de los procedimientos administrativos a su cargo; Que, bajo este contexto y estando a lo senalado en la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, resulta necesario prorrogar el plazo para la regularizacion del otorgamiento de las licencias de uso de agua y efectuar modificaciones al Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua; y, En uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorroga de plazo otorgado por la Resolucion Jefatural Nº 579-2010-ANA para la regularizacion de usos de agua existentes en el MORDAZA Prorrogar, con eficacia anticipada al 16 de setiembre del 2012, por un plazo de cinco (5) anos adicionales, el plazo para solicitar el otorgamiento de las licencias de uso de agua en via de regularizacion en el MORDAZA de lo establecido en la primera, MORDAZA y tercera disposicion complementaria transitoria de la Resolucion Jefatural Nº 579-2010-ANA, modificada por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 297 y 805-2011ANA. Articulo 2º.- Modificacion del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua 2.1 Modificar el texto de la decima disposicion complementaria final del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua aprobado por Resolucion Jefatural Nº 579-2010-ANA, modificado por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 297 y 805-2011-ANA, por el siguiente: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES (...) DECIMA.- Pozos de exploracion La perforacion de pozos de exploracion, a que se refiere el numeral 30.2 del articulo 30º, o piezometros para la investigacion o evaluacion del acuifero, no faculta el uso de las aguas subterraneas. El tramite para su autorizacion se rige por lo establecido en el Titulo II del presente Reglamento, exceptuandose de las publicaciones y de la colocacion de avisos del extracto de la solicitud. Para tal documentos: efecto se presentara los siguientes

a. Justificacion tecnica: Se entendera cumplida con la MORDAZA del diseno de MORDAZA y el estudio de prospeccion geofisica, segun el numeral 2.2 del formato anexo VI u otros metodos que dejen establecido la geometria del reservorio acuifero, asi como el espesor y las caracteristicas de los horizontes que conforman el subsuelo, presentando como anexos los resultados hallados. b. Certificacion ambiental de acuerdo a la normatividad de la materia que regula la actividad productiva que requiere de las exploraciones o investigaciones. c. Acreditacion de la propiedad o posesion del predio donde se realizara la perforacion de MORDAZA o piezometro." 2.2 Incorporar como parrafo final de la primera disposicion complementaria transitoria del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua aprobado por Resolucion Jefatural Nº 5792010-ANA, modificado por las Resoluciones Jefaturales Nºs. 297 y 805-2011-ANA, el siguiente texto: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- Usuarios de Agua que no se acogieron al beneficio del PROFODUA

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