Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480943

VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 120717 y 143716, presentados por la empresa denominada CONSULTORA Y CONSTRUCTORA ELGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2260-2012MTC/15 de fecha 12 de junio de 2012, se autorizo a la empresa denominada CONSULTORAY CONSTRUCTORA ELGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con RUC N° 20494107351 y domicilio en Jr. Pucallpa Mz. E Lote 01, Urbanizacion Vista MORDAZA, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3267-2012MTC/15 de fecha 27 de agosto de 2012, se autorizo a La Escuela, la ampliacion de sus aulas de ensenanza en el mismo local autorizado mediante la resolucion mencionada en el numeral precedente y el incremento de su plana docente; Que, mediante Parte Diario N° 120717 de fecha 03 de octubre de 2012, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I, asi como la modificacion de su Plana Docente, proponiendo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director en reemplazo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Luna; Que, con Oficio N° 8076-2012-MTC/15.03 de fecha 14 de noviembre de 2012, notificado el 15 de noviembre del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, siendo respondida mediante Parte Diario N° 143716 de fecha 28 de noviembre de 2012; Que, el numeral c) del articulo 47° de El Reglamento, indica que: "La obligacion de la Escuela es informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores"; Que, el numeral 43.2 del articulo 43º concordado con el articulo 51º de El Reglamento, establece las Condiciones minimas en Recursos Humanos con las que debe contar La Escuela en cuanto a la plana docente, especificandose en este caso los requisitos para el Director en el literal a); Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento;

Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 367-2012MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada CONSULTORA Y CONSTRUCTORA ELGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los instructores y con los vehiculos autorizados mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 2260-2012MTC/15 y 3267-2012-MTC/15. Asimismo, autorizar la exclusion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director, asi como el incremento de su Plana Docente, como a continuacion se detalla: PLANA DOCENTE: Cargo de Instruccion Director Docente a cargo · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada CONSULTORA Y CONSTRUCTORA ELGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 877098-1

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia para las Unidades Ejecutoras y pago directo como subsidio a nivel nacional correspondientes al mes de diciembre de 2012, asi como liquidacion de la produccion MORDAZA del mes de octubre
RESOLUCION JEFATURAL Nº 205-2012/SIS MORDAZA, 13 de diciembre de 2012 VISTOS: El Proveido Nº 137-2012-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, los Memorandos Nºs. 704 y 717-2012-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y

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