Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

480948

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

Articulo 3º.- Las inscripciones a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion no implican que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la suscripcion de cuotas del citado fondo mutuo de inversion en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Articulo 4º.- NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. debera dar cumplimiento al inciso d) y e) del Anexo F del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 5º.- La presente resolucion debera publicarse en el diario oficial El Peruano de forma previa a la colocacion de los valores. Articulo 6º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. y a Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de MORDAZA del fondo mutuo de inversion en valores MORDAZA mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 877819-1

articulo 11° de la Ley N.° 29816 y en los incisos g) y u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.° 029-2012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la modificacion de los numerales 4.2 y 6.1 del Anexo de la Resolucion de Superintendencia N.° 051-2012/SUNAT, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicar la presente Resolucion y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www.sunat.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 298-2012/SUNAT "4°.- Composicion del incentivo: (...) 4.2. "El componente por desempeno de equipo se asigna en funcion al logro de las metas que se encuentran bajo responsabilidad del organo en el cual el trabajador ha sido evaluado. En el caso de un trabajador asignado a la Superintendencia Nacional o Superintendencias Nacionales Adjuntas, este sera asociado por el Superintendente respectivo al organo mas afin a las funciones que realiza aquel para efectos de la aplicacion de este componente. Estas metas seran establecidas por la Superintendencia Nacional y por las Superintendencias Nacionales Adjuntas para los organos dependientes de cada una de ellas sobre la base de lo establecido en el PEI y/o POI durante el mes de marzo de 2012, las que podran ser modificadas durante el ejercicio producto de actualizaciones de dichos instrumentos y/o por decision de la Superintendencia Nacional y por las Superintendencias Nacionales Adjuntas." (...) "6°.- Aplicacion del incentivo: 6.1. Para la evaluacion del cumplimiento de metas del componente de desempeno institucional y por equipo la Superintendencia Nacional conforma previamente una Comision de Verificacion del Cumplimiento de Metas y se realizan las siguientes acciones: 6.1.1 La Gerencia de Planeamiento, Control de Gestion y Convenios ­ GPCGC determina el cumplimiento de las metas, en base a la informacion ingresada en el Sistema de Informacion y Gestion Administrativa (SIGA) por los responsables respectivos, a mas tardar el decimo dia habil del mes febrero del ano 2013. 6.1.2 La GPCGC determina el cumplimiento del indicador Presion Tributaria, en base a la informacion remitida por la Gerencia de Estudios Tributarios que considera la cifra proyectada del Producto MORDAZA Interno proporcionada por el Banco Central de Reserva del Peru en diciembre de 2012. La cifra obtenida sera expresada con un decimal. 6.1.3 En un plazo no mayor a dos (2) dias habiles posteriores a la fecha de determinacion del cumplimiento de metas, la GPCGC remite el informe del cumplimiento de metas a la Comision de Verificacion del Cumplimiento de Metas. 6.1.4 La referida Comision dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a la fecha de recepcion del informe elaborado por la GPCGC, verificara el cumplimiento de las tres (3) metas del componente por desempeno institucional y, selectivamente, el cumplimiento de las metas del componente de desempeno de equipo contemplado en el citado informe; y el resultado de su verificacion sera

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Anexo de la Resolucion de Superintendencia N° 051-2012/ SUNAT que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo por desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regimenes laborales previstos en los Decretos Legislativos Nos. 728 y 276 para el ano 2012
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 298-2012/SUNAT MORDAZA, 14 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que el articulo 11° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, faculta a la SUNAT a otorgar un incentivo anual por desempeno a sus trabajadores en funcion al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales vinculadas al incremento de la recaudacion, ampliacion de la base tributaria, reduccion del incumplimiento tributario, reduccion del contrabando, facilitacion del comercio exterior, facilitacion del cumplimiento tributario y mejora del servicio, entre otros; Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 051-2012/SUNAT se aprobaron las disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo por desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regimenes laborales previstos en los Decretos Legislativos N.os 728 y 276; Que de conformidad con lo senalado en el Informe N.° 62-2012-4F0000, emitido por la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se ha considerado conveniente modificar los numerales 4.2 y 6.1 del Anexo de la citada Resolucion de Superintendencia; De acuerdo con lo indicado en el Informe N.° 622012-4F0000 de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos y en uso de las facultades conferidas en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.