Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480937

Declaran la existencia de situacion de restriccion temporal de generacion para el abastecimiento seguro y oportuno de energia electrica en el Sistema Electrico MORDAZA del Sistema Electrico Interconectado Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 534-2012-MEM/DM MORDAZA, 14 de diciembre 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 037-2008, se dictaron las disposiciones necesarias para asegurar, en el corto plazo, el abastecimiento oportuno de energia electrica en el Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), cuya vigencia se prorrogo hasta el 31 de diciembre de 2013, por el articulo 1° del Decreto de Urgencia N° 049-2011; Que, conforme al articulo 2° del referido Decreto de Urgencia N° 037-2008, el Ministerio de Energia y Minas esta facultado a declarar las situaciones de restriccion temporal de generacion para asegurar el abastecimiento oportuno de energia electrica en el MORDAZA, por lo cual debe calcular la magnitud de la capacidad adicional de generacion necesaria y requerir a uno o mas empresas electricas en las que el Estado tenga participacion mayoritaria para que, al MORDAZA del articulo 3° de la referida MORDAZA, efectuen las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes y servicios que MORDAZA necesarios para asegurar tal abastecimiento oportuno de energia electrica en el SEIN; Que, en la actualidad existe un riesgo inminente de desabastecimiento de energia en el Sistema Electrico MORDAZA, ubicado en el ambito de operacion de la empresa Electrocentro S.A. en la que el Estado tiene participacion mayoritaria; Que, dada la declaratoria de congestion del Sistema Electrico MORDAZA por parte del Comite de Operacion Economica del Sistema Interconectado Nacional (COES), y debido al crecimiento de la demanda local que incluye la MORDAZA de San MORDAZA (VRAEM), se preve que en las zonas de Huamanga, San Franciso y Huanta se presente restricciones en el suministro electrico por una magnitud de 4 MW, 2 MW y 2 MW respectivamente; Que, se vienen efectuando las gestiones para la ampliacion de la capacidad de transmision hacia la mencionada MORDAZA, a fin de garantizar definitivamente su abastecimiento de energia; En ejercicio de la facultad contenida en el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-2008; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la existencia de Situacion de Restriccion Temporal de Generacion para el abastecimiento seguro y oportuno de energia electrica en el Sistema Electrico MORDAZA del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN). Articulo 2°.- La magnitud de la capacidad de generacion necesaria para el abastecimiento seguro y oportuno de energia electrica es de hasta 8 MW. Articulo 3°.- Requerir a Electrocentro S.A. para que, al MORDAZA del articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 037-2008, efectue las contrataciones de obras, bienes y servicios que MORDAZA necesarias para garantizar el abastecimiento de una demanda hasta una magnitud no mayor a los 8 MW senalados en el articulo que antecede. Para dicho efecto, Electrocentro S.A. debera garantizar que la contratacion que efectue, se encuentre acorde con los principios de Eficiencia, Imparcialidad, Transparencia y Vigencia Tecnologica. Articulo 4°.- Incorporese el articulo 5° a la Resolucion Ministerial N° 070-2012-MEM/DM que Declara la existencia de Situacion de Restriccion Temporal de Generacion para el Abastecimiento Seguro y Oportuno de energia electrica en la MORDAZA del Callejon de Huaylas, en los siguientes terminos: "Articulo 5°.- Requerir a Hidrandina S.A. para que, al MORDAZA del articulo 3° del Decreto de Urgencia N°

037-2008, efectue las contrataciones de obras, bienes y servicios que MORDAZA necesarias para implementar temporalmente un transformador de 15 MVA, 10/66 KV que permita reducir el costo de consumo de combustible de la generacion adicional senalada en el Articulo 2°. Para dicho efecto, Hidrandina S.A. debera garantizar que la contratacion que efectue, se encuentre acorde con los principios de Eficiencia, Imparcialidad, Transparencia y Vigencia Tecnologica" Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 879081-1

INTERIOR
Autorizan viaje de servidor de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 186-2012-IN MORDAZA, 14 de diciembre de 2012 VISTO, el Facsimil Circular Nº 306-2012-MINCETUR/ VMCE/DNINCI de fecha 16 de noviembre de 2012, suscrito por el Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil Circular Nº 306-2012-MINCETUR/ VMCE/DNINCI de fecha 16 de noviembre de 2012, el Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo hace de conocimiento de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion que se ha previsto llevar a cabo las Reuniones de Negociacion de la Alianza del MORDAZA, a realizarse los dias 18, 19 y 20 de diciembre de 2012 en la MORDAZA de Cali, Republica de Colombia, a fin de tratar la conformacion de un Area de Integracion Profunda con el objetivo de avanzar progresivamente hacia la libre circulacion de bienes, servicios, capitales y personas y consolidar una plataforma economica comun con proyeccion al continente asiatico, invitando a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior a participar de las citadas reuniones; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico de Migraciones de la Direccion de Movimiento Migratorio y Pasaportes de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, por cuanto su participacion coadyuvara, entre otros aspectos, a compartir conocimientos a fin de hacer mas viable la circulacion de las personas entre los paises miembros para la consolidacion de una economia comun con proyeccion al continente asiatico; Que, los gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 establece, respecto a los viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en el literal a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130, publicado el 7 de diciembre de 2012, se creo la Superintendencia

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