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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de diciembre de 2012 481189 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Aprueban Esquema de Zonificación del Centro Poblado Las Tunas - Distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí ORDENANZA Nº 071-2012/CM-MPH-M Matucana, 11 de diciembre del 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de Diciembre del 2012, El Informe Técnico, remitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, El Informe Nº 703- 2012/RAP-GAJ-MPH-M, El Dictamen Nº 001-2012-CER/ MPH-M de la Comisión Especial de Regidores para la aprobación del Proyecto de Esquema de Zonifi cación del Centro Poblado Las Tunas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, de conformidad al Artículo 9º, numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, del Proyecto de Esquema de Zonifi cación. Además, el Art. 9º, numeral 8 de la misma Ley establece que el Concejo Municipal tiene atribuciones para aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efectos los Acuerdos. Que, de acuerdo al Ítem 1.2 del numeral 1 del Art. 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de Áreas Urbanas y Rurales, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Que, conforme al Art. 30º del D.S. Nº 004- 2011-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, “la zonifi cación es el instrumento técnico de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de Intervención de los PDM, PDU y EU, en función a los objetivos de desarrollo sostenible y a la capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades con fi nes sociales y económicos, como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones”. Que, sobre la Competencia Legal de la Municipalidad Provincial para evaluar y califi car el requerimiento de Zonifi cación presentado por la Municipalidad de Centro Poblado LAS TUNAS, el numeral 1.2º del artículo 79º de la Ley Nº 27972, señala; “Las Municipalidades Provinciales en materia de organización de espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones 1.2. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, El Plan de Desarrollo Rural, El Esquema de Zonifi cación de áreas Urbanas”; Que, asimismo, el Decreto Supremo 004-2011- VIVIENDA, establece en su Artículo 12º que las Entidades responsables de la formulación aprobación y ejecución de acciones del Plan de Desarrollo Urbano indica: “Corresponde a las Municipalidades Provinciales la formulación, aprobación y ejecución de las acciones del Plan de Desarrollo Urbano…..”; Que, de la misma manera atendiendo a lo establecido en el artículo 17º y 18º del Decreto Supremo Nº 004- 2008-VIVIENDA; establece con claridad que el Esquema de la Zonifi cación y vías incluye las Áreas de Expansión Urbana es parte del Esquema de Ordenamiento Urbano, el cual debe ser promovido por la Municipalidad Distrital y fi scalizado conforme al documento aprobado por la Municipalidad Provincial; Que, existiendo evaluación técnica realizada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, la cual califi ca como procedente, de la misma manera contando con la conformidad de la Municipalidad Distrital de SAN ANTONIO. Corresponderá su procedencia. Que, en atención a la normatividad antes citada, el área técnica de la Municipalidad de San Antonio ha procedido a elaborar el Reglamento de Zonifi cación General de los usos del suelo del Centro Poblado Las Tunas, así como el Plano de Zonifi cación General de Usos de Suelo del Centro Poblado Las Tunas, los cuales se sujetan a las normas de la materia. Que, mediante Informe Nº 703-2012/RAP-GAJ-MPH- M, de fecha 06 de noviembre de 2012, OPINA que resulta procedente lo solicitado por la Municipalidad del Centro Poblado las Tunas, sobre la aprobación del Esquema de Zonifi cación; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Art. 9º de la precitada norma; con la dispensa del trámite de aprobación de Actas, y con el voto UNANIME deL Pleno del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL ESQUEMA DE ZONIFICACION DEL CENTRO POBLADO LAS TUNAS – DISTRITO DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE HUAROCHIRI Artículo Primero.- APROBAR el Esquema de Zonifi cación Urbana del Centro Poblado Las Tunas, del Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí, el mismo que consta de 5 títulos y 10 normas reguladoras. Artículo Segundo.- APROBAR la actualización de los siguiente plano: a) Plano de Planeamiento Integral de Zonifi cación General de Usos de Suelo del Centro Poblado Las Tunas. Artículo Tercero.- El Plano que se aprueba con la presente Ordenanza Municipal regirá desde el día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de obligatorio cumplimiento por el Sector Público y Privado del Centro Poblado Las Tunas. Artículo Cuarto.- La Municipalidad de San Antonio elaborará el Plan Urbano Distrital y ejercerán el control del ámbito cercano. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a las Áreas correspondiente el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registre, publíquese y cúmplase. ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 879235-1