Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2012 (18/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de diciembre de 2012

supuestos previstos en el numeral 3.9 de las Bases de la primera Licitacion Ley 29903 y la fecha en que entre en vigencia la administracion colectiva del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio bajo la modalidad de licitacion publica de que trata el articulo 52º del TUO de la Ley del SPP, modificado por la Ley Nº 29903, se sujetara a los procesos de contratacion individual entre la AFP y la empresa de seguros, de conformidad con los procedimientos de seleccion que periodicamente se han venido llevando a cabo en el SPP." Articulo Decimo.- Incorporar como ultimo parrafo de la MORDAZA tercera disposicion final y transitoria del Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones, el texto siguiente: "El acto publico de adjudicacion de MORDAZA de propuestas por la administracion de los riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio por parte de las empresas de seguros se llevara a cabo al dia siguiente del termino del plazo previsto en el ultimo parrafo de la cuadragesima disposicion final y transitoria del presente titulo. Asimismo, el plazo del contrato de administracion de los riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio por parte de las empresas de seguros sera de nueve (9) meses, venciendo indefectiblemente el treinta (30) de setiembre de 2013." Articulo Decimoprimero.- Precisar que caso una AFP en formacion se constituya con anterioridad al 1 de junio de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el inciso a. del numeral 3.10 de la Circular Nº AFP-128-2012, el servicio de administracion de cuentas individuales de capitalizacion se realizara desde el mes siguiente en que se lleve a cabo dicha constitucion. Asimismo, en caso la primera licitacion sea adjudicada a una AFP en formacion, y ello conlleve a una postergacion en la contabilizacion de los plazos del corredor de reduccion de que trata la Resolucion SBS Nº 8514-2012, se uniformizara el periodo de inicio del MORDAZA tramo del corredor de reduccion. Articulo Decimosegundo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano, con excepcion de los articulos primero y tercero de la presente resolucion, que entraran en vigencia el 01 de febrero de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 879612-1

Visto en Sesion Ordinaria de fecha 11 de diciembre de 2012 los Dictamenes Nos. 124-2012-MML-CMAL y 1152012-MML-CMDUVN de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; y, De conformidad con lo dispuesto por los numerales 3), 6) y 8) del articulo 195° y el articulo 198° de la Constitucion Politica del Peru, los numerales 5), 8), 25) y 29) del articulo 9°, el articulo 40°, los numerales 2), 12) y 23) del articulo 157° y el numeral 1.3 del articulo 161° de la Ley Organica de Municipalidades: Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE PREFERENTE INTERES MUNICIPAL LA CREACION DE UN ESPACIO PUBLICO PARA SUPERAR LAS CONDICIONES EN QUE SE ENCUENTRA EL TERRENO DEL EX­ MORDAZA MAYORISTA N° 1- "LA PARADA" Articulo 1°.- Declaratoria de preferente interes municipal Declarese de preferente interes municipal la creacion de un espacio publico para superar las condiciones en que se encuentra el terreno de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, donde funcionaba el ex­Mercado Mayorista N° 1 (La Parada), hasta la dacion de la Resolucion de Alcaldia N° 274 del 26 de septiembre de 2012 que le retiro la condicion juridica de MORDAZA mayorista, recuperando espacios publicos, en beneficio de la poblacion. Articulo 2°.Calificacion como MORDAZA Metropolitano Califiquese el referido inmueble de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, inscrito en la Partida N° 49008937 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, como MORDAZA Metropolitano integrante del Sistema Metropolitano de Parques; asignandole al SERPAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 3°.- Establecimiento de reserva de un area para Complejo Policial Establezcase la reserva expresa de un area de dicho inmueble sin perjuicio de su calificacion como MORDAZA Metropolitano dispuesta en el articulo precedente, para la implementacion de un Complejo Policial a cargo de la Policia Nacional del Peru. Articulo 4º.- Usos y Actividades Los usos y actividades permisibles para el mencionado inmueble son los siguientes: 4.1. Area Libre: - Area MORDAZA minima: 50% del area del predio, con cobertura vegetal - Area para actividades civicas y eventos culturales: 12% del predio. - Area para actividades deportivas: 17% del predio. - Area de circulacion: 10% del predio. - Area para usos complementarios (comisaria, MORDAZA de uso multiple para programas sociales y otros servicios complementarios): 9% del predio. - Areas de Juegos Infantiles: 2% 4.2. Otras Especificaciones: - Las edificaciones que se propongan deberan ser de caracter temporal. Articulo 5°.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asimismo, sera publicada en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe) Articulo 6°.- Derogatoria Deroguense o dejense sin efecto todas aquellas disposiciones de igual o menor rango que se opongan

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran de preferente interes municipal la creacion de un espacio publico para superar las condiciones del terreno del ex MORDAZA Mayorista Nº 1 - "La Parada"
ORDENANZA N° 1641 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA,

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