Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2012 (25/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 25 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

482045

Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, a fin de que sea implementado y dotado de la infraestructura suficiente al volumen del comercio integral y trafico de pasajeros, asi como para mejorar el sistema de aeronavegabilidad lo cual permitira brindar un servicio adecuado a los usuarios, facultandose para ello al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a utilizar alternativamente el procedimiento de reasentamiento de la poblacion afectada de los asentamientos humanos, en los terrenos proporcionados por CORPAC S.A, o a la adquisicion o financiacion de inmuebles de programas de vivienda ya construidos, tanto del sector publico o del sector privado, o al pago de una indemnizacion asistida que debe ser utiliza unicamente para los fines del reasentamiento de la poblacion afectada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 318-2012MTC/16, del 16 de octubre de 2012, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, aprobo el documento que contiene el Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; Que, el Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", contempla en el numeral 6) el Procedimiento para la Seleccion y Calculo del Monto del Beneficio Economico Otorgado a los Beneficiarios; Que se ha emitido el Informe N° 057-2012-MTC/16.03. DDFA-RACZ en el que se concluye que de acuerdo al analisis tecnico social realizado se recomienda la inclusion en el PACRI-AIJCH, del requisito indicado en el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 006-2012-MTC/10,"Directiva que regula el procedimiento para el reasentamiento de la poblacion afectada de los Asentamientos Humanos ubicados en lo inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Que en el numeral 7 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) ­ Liberacion de Areas para la Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", referido a los Programas del PACRI, para la poblacion afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", desarrolla en el numeral "7.1 - el PROGRAMA DE REASENTAMIENTO EN LOS TERRENOS PROPORCIONADOS POR CORPAC S.A. ­ MORDAZA ROSA", Programa que contempla en el numeral "7.1.3. PLAN DE ALQUILER DE VIVIENDA". Que de acuerdo a lo expuesto en la parte analitica del informe tecnico N°023-2012-MTC/16.RACZ, se aprecia que se hace necesario ampliar el plazo para el Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC S.A.- MORDAZA MORDAZA, tiempo que permitira llevar a cabo todos los acciones administrativas, procesos, la ejecucion de la habilitacion MORDAZA y la construccion de modulos basicos de vivienda entre otros actos necesarios para la implementacion y culminacion del programa de reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC S.A. - denominado MORDAZA Rosa. Por lo cual se hace necesario ampliar el plazo del Plan de Alquiler de Vivienda a fin de facilitar el periodo de transicion entre la asignacion del lote y su reasentamiento definitivo en el modulo basico de vivienda que tiene previsto construir el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo cual se hace necesario ampliar el plazo del Programa de alquiler de viviendas de 15 a 20 meses. Que en consideracion a lo MORDAZA expuesto resulta necesario modificar los numerales 6.1, 6.2, 7.1.1, 7.1.3 y el Anexo N° RSR-1 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA Aprobado mediante Resolucion Directoral N° 318-2012-MTC/16 de fecha 16 de octubre del 2012 ; y De conformidad con lo establecido por la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, las Leyes N° 27329 y N° 29836, la Resolucion Directoral N° 126-2012-MTC/10; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444;

Articulo 1º.- MODIFICAR los numerales 6.1, 6.2,7.1.1 y 7.1.3 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 318-2012-MTC/16 el cual quedara redactado de la manera siguiente: "6.1 Requisitos Beneficiarios Son los siguientes: a. Formar parte del MORDAZA de empadronamiento realizado por COFOPRI en el ano 2010, con fecha de corte al 02 de setiembre de 2010. b. Ser titular posesionario de un predio ubicado dentro del perimetro de expropiacion de las areas adyacentes al AIJCH y que acrediten su posesion ante la DGASA, quien emitira el informe tecnico respectivo. c. En los casos, que el solicitante no forme parte del MORDAZA de empadronamiento senalado en el literal a) del presente numeral, la DGASA de manera excepcional y previa acreditacion de su condicion de titular posesionario, desde MORDAZA del censo de COFOPRI del ano 2010, podra ser calificado como beneficiario, debiendo emitir el informe tecnico correspondiente." "6.2 Metodologia para el calculo del monto de beneficio economico La metodologia empleada para el calculo del monto del beneficio economico, correspondera solamente a los beneficiarios que hayan optado por el procedimiento b) o c) establecido en el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley N° 27329 modificada por la Ley N° 29386. Es de precisar que el monto de beneficio economico senalado en el punto a) de la citada disposicion legal sera un monto unico y se determinara una vez culminada y entregada las obras de habilitacion MORDAZA y obras de construccion. La compensacion asignada a cada beneficiario esta determinada en funcion de factores o variables que se entienden como unidades de analisis. MORDAZA permiten determinar el monto de compensacion que obtendra el beneficiario y ello supone, que dichas variables tengan la condicion de ser objetivamente medibles. En ese sentido, la determinacion del valor del beneficio a otorgarse, sera en funcion de los siguientes factores: - El Factor de tiempo de posesion (Ftp) - El Factor componente familiar (Fcf) Un parametro adicional utilizado para el calculo del beneficio MORDAZA, es el estudio de MORDAZA de inmuebles para los estratos sociales C y D en las zonas norte y sur de MORDAZA y Callao, obteniendo como resultado que el valor MORDAZA de venta de dichos inmuebles no supera los S/.196.000.00, Nuevos Soles. En funcion a lo expresado en los parrafos precedentes, se establecen dos rangos utilizados como referencia para la asignacion de los montos de compensacion a los beneficiarios para la asignacion del beneficio economico, referido unicamente a los programas de adquisicion de vivienda o de indemnizacion asistida, los cuales se detallan a continuacion, de acuerdo al Informe Nº 174-2012-MTC/16.03.CIML, de fecha 05 de octubre del 2012. Primer Rango : Desde S/. 114, 308.45 ­ Hasta S/. 154, 687.03 MORDAZA Rango: Desde S/. 154, 687.04 ­ Hasta S/. 195, 065.61 Debe senalarse que la determinacion del monto del beneficio economico para los citados programas, se establecera a traves de un informe suscrito por el especialista de DGASA. Es de precisar que el valor de los gastos de traslado, notariales, registrales, alcabala y/o administrativos para cada uno de los beneficiarios, no sera mayor al 5% del monto de compensacion individual y seran asumidos por el MTC". para ser Considerados

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