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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (25/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de diciembre de 2012 482047 Articulo 2º.- MODIFICAR el Anexo N° RSR-1 del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 3°.- CONSERVAR vigente todos los demás artículos estipulados en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de mayor circulación, así como en portal institucional www.mtc.gob.pe. Articulo 5º.- REMITIR copia certificada de la presente Resolución Directoral y del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberación del Área de Ampliación y Modernización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución a la Comisión de Alto Nivel -CANETA, a la Dirección General de Concesiones en Transportes, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina General de Administración y a la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fines. Regístrese, Comuníquese y Publíquese ITALO ANDRÉS DÍAZ HORNA Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales ANEXO N° RSR-1 DECLARACIÓN JURADA DEL PAGO MENSUAL DE ALQUILER PROGRAMA REASENTAMIENTO EN LOS TERRENOS DE CORPAC S.A.- SANTA ROSA Yo , … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … … …, identificado con DNI N° …………………… y Don/ña ……………………………………………… ………………………….…, identificado/a con DNI N° …………………………………….y-con domicilio en……………………………………………………….al haber elegido la alternativa de reasentamiento en los terrenos donados por CORPAC S.A., denominados Santa Rosa, en uso de nuestras facultades y sin coacción alguna , declaramos bajo juramento, que el monto total de S/. …………….. entregado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones será destinado para cubrir el pago de alquiler mensual de una vivienda, incluyendo el pago de servicios básicos considerados, dentro del Programa de Reasentamiento en los terrenos donados por CORPAC S.A., denominados Santa Rosa, correspondiente a un período de veinte (20) meses. En uso de nuestras facultades y sin coacción alguna, declaramos bajo juramento lo siguiente: - Conocer y aceptar el Programa de reasentamiento en los terrenos donados por CORPAC S.A, denominados Santa Rosa. - Abandonar el inmueble señalado en parte introductoria como fecha máxima el ………….. de ………………………….… de 20131, de lo contrario, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones iniciará las acciones correspondientes de conformidad con lo establecido en el artículo 693° del Código Procesal Civil. En consecuencia, hacemos expresa renuncia a interponer algún tipo de acción o de excepción que impida o limita el desarrollo del proceso de reasentamiento que lleve a cabo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Callao, de del 2012 _________________________ NOMBRES Y APELLIDOS DNI N° _________________________ NOMBRES Y APELLIDOS DNI N° 1 Las fechas serán establecidas por la DGASA, las mismas que estarán organizadas por sectores. 881382-1 Declaran que las autorizaciones para prestar servicio de radiodifusión en Chacayan-Goyllarisquizga San Pedro de Pillao-Tapuc-Vilcabamba-Yanahuanca del departamento de Pasco, serán otorgadas mediante concurso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1639-2012-MTC/28 Lima, 29 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 2365-2012-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de CHACAYAN-GOYLLARISQUIZGA-SAN PEDRO DE PILLAO-TAPUC-VILCABAMBA-YANAHUANCA del departamento de Pasco, el número de solicitudes admitidas es de dos (2), lo cual es superior al número de frecuencias disponibles que es una (1), razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de CHACAYAN- GOYLLARISQUIZGA-SAN PEDRO DE PILLAO-TAPUC-