Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2012 (25/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de diciembre de 2012

Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 0022009/007-FONAFE del 4 de junio de 2009, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE encargo a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, la venta de acciones del Estado en diversas empresas en las que mantiene participacion minoritaria, entre ellas, XSTRATA MORDAZA S.A.; Que, mediante Oficios Nº 493-2011/GLC-FONAFE del 24 de junio de 2011 y Nº 507-2011/GLC-FONAFE del 28 de junio de 2011, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE solicito a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, encargarse de la venta de las acciones del Estado en diversas empresas en las que mantiene participacion minoritaria, entre ellas, XSTRATA LAS BAMBAS S.A.; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION en sesion de fecha 27 de octubre de 2011, acordo: i) incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada a las acciones del Estado en las empresas XSTRATA MORDAZA S.A. y XSTRATA LAS BAMBAS S.A., bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; y ii) encargar al Comite de PROINVERSION en Activos, Inmuebles y otros Proyectos del Estado ­ PRO VALOR, la conduccion del referido MORDAZA de promocion de la inversion privada; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 010-2012-EF se modifico la constitucion de los cinco Comites Especiales de PROINVERSION creados por Resolucion Suprema Nº 036-2009-EF, reduciendolos a tres; estableciendose asimismo que toda referencia normativa a los anteriores cinco Comites de PROINVERSION debera entenderse efectuada a alguno de los tres Comites mencionados en el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 010-2012EF; y que el Consejo Directivo de PROINVERSION, a propuesta de la Direccion Ejecutiva, definira los procesos de promocion de la inversion privada, asi como las iniciativas privadas, que seran de competencia de cada uno de los tres nuevos Comites; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 010-2012-EF, el Consejo Directivo de PROINVERSION en sesion de fecha 15 de febrero de 2012, acordo asignar el MORDAZA de venta de las acciones del Estado en las empresas Xstrata MORDAZA S.A. y Xstrata Las Bambas S.A. al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos Sociales, Mineria, Saneamiento, Irrigacion y Asuntos Agrarios ­ PRO DESARROLLO; Que, el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION referido a la incorporacion al MORDAZA de promocion de la inversion privada a las acciones del Estado en las empresas XSTRATA MORDAZA S.A. y XSTRATA LAS BAMBAS S.A., aludido en el tercer considerando de la presente resolucion suprema, se enmarca en lo previsto en el numeral 1 del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, por lo que de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del mismo articulo, dicho acuerdo debera ser ratificado mediante resolucion suprema, con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro del Sector al que pertenezca la empresa afectada; Que, no obstante, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM, PROINVERSION ha quedado adscrita al Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros senalado en el parrafo final del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, corresponde a partir de la dacion de la referida MORDAZA, al Ministro de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en su sesion de fecha 27 de octubre de 2011, que aprobo incorporar

al MORDAZA de promocion de la inversion privada a las acciones del Estado en las empresas XSTRATA MORDAZA S.A. y XSTRATA LAS BAMBAS S.A., bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Articulo 2º.- De conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo de PROINVERSION en sesion de fecha 15 de febrero de 2012, en concordancia con lo establecido en el articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 010-2012EF, correspondera al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos Sociales, Mineria, Saneamiento, Irrigacion y Asuntos Agrarios ­ PRO DESARROLLO, la conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion privada aludido en el articulo anterior. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 881965-4

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion al Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116
DECRETO SUPREMO Nº 048-2012-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley No. 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo No. 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el Articulo 12° del Texto Unico Ordenado de la Ley No. 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo No. 042-2005-EM, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; agrega que, las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas, dentro del plazo establecido en el Articulo 11° del Texto Unico Ordenado; Que, por Decreto Supremo No. 066-2006-EM, de 27 de noviembre de 2006, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116, el mismo que fuera suscrito entre PERUPETRO S.A. y HOCOL PERU S.A.C.; Que, mediante Decreto Supremo No. 024-2010-EM, de 22 de MORDAZA de 2010, se aprobo la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 116, a fin de reflejar el cambio de denominacion social del Contratista HOCOL PERU S.A.C. por MAUREL ET PROM PERU S.A.C., asi como la sustitucion del Garante Corporativo asumido por ETABLISSEMENTS MAUREL ET PROM en remplazo de HOCOL S.A.; Que, mediante Carta MP No. 021-02-2012, de 27 de febrero de 2012, MAUREL ET PROM PERU S.A.C. solicito a PERUPETRO S.A. que, al MORDAZA de lo dispuesto en el

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