TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 482899 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1637-2012-DE/SG Lima, 26 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 939 del 29 de noviembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500-4899 del 18 de diciembre de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 14 al 18 de enero de 2013, a fi n de realizar un Pre-Despliegue de Estudio de Sitio (PDSS) para un próximo entrenamiento conjunto de intercambio combinado con las Fuerzas Armadas de Perú, que se realizará en la ciudad de Lima y en la cual participará la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 14 al 18 de enero de 2013, a fi n de realizar un Pre- Despliegue de Estudio de Sitio (PDSS) para un próximo entrenamiento conjunto de intercambio combinado con las Fuerzas Armadas de Perú, que se realizará en la ciudad de Lima y en la cual participará la Marina de Guerra del Perú. 1. Técnico Supervisor William VANDERBERRY 2. Técnico Supervisor John WELLINGTON 3. Técnico Primero Orlando CRUZ 4. Técnico Primero Víctor GALAVIZ 5. Técnico Primero Adrián MAGANA Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 882765-4 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2013 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2012-MIDIS Lima, 27 de diciembre de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 548-2012-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 128-2012-MIDIS/SG/OGPP-OP, emitido por la Ofi cina de Programación y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fi scal 2013; Que, los artículos 1 y 2 de la Ley N° 29951 aprueban el presupuesto de gastos del sector público y los recursos que lo fi nancian, cuyo detalle se especifi ca en los anexos a que se refi ere el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada ley; asignándose al Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la suma ascendente a DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 884 381 000.00), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) constituye el documento presupuestario que rige la ejecución del presupuesto del pliego durante el año fi scal 2013; Que, es necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año fi scal 2013, correspondiente al Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, desagregado de acuerdo con los montos asignados a través de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a nivel de unidad ejecutora, para efectos de operativizar la gestión presupuestaria del año fi scal 2013; Con el visado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; y, la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva de Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 030-2012- EF/76.01 y modifi cada por Resolución Directoral N° 022- 2011-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fi scal 2013 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo a lo siguiente: En Nuevos Soles Gastos Corrientes 2 791 015 524.00 Gastos de Capital 93 365 476.00 ------------------------ Total 2 884 381 000.00 ============== El desagregado del Gasto, se detalla conforme al Anexo 2 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual forma parte de la presente resolución.