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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 482908 plaguicidas para las intervenciones en prevención y control de insectos vectores de enfermedades metaxénicas que se ejecuten en el territorio nacional; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Sanitaria N°051- MINSA/DIGESA-V.01 “Directiva Sanitaria para la Programación de Plaguicidas Utilizados en Prevención y Control de Insectos Vectores de Enfermedades Metaxénicas”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud Ambiental la difusión y supervisión de lo dispuesto en la citada Directiva Sanitaria. Artículo 3º.- Las direcciones de salud/direcciones regionales de salud/gerencias regionales de salud o las que hagan sus veces, son responsables del cumplimiento y aplicación e implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial en sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4°.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portada/ transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 882325-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 293-2012-TR Lima, 27 de diciembre de 2012 VISTOS: El Informe N° 523-2012-TP/DE/ UGPYTOS, de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 1447-2012-TP/DE/UGPPME, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 646-2012-TP/ DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 1313-2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se creó el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, el literal a) del numeral 12.1) del artículo 12° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2008- TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330-2011- TR, se aprueba la Directiva que regula el procedimiento aplicable a los desembolsos efectuados por el Programa; asimismo, en el artículo 29° del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, se precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias fi nancieras a organismos ejecutores; Que, mediante Resolución Directoral N° 163-2012- TP/DE se aprueba el fi nanciamiento correspondiente al Aporte del Programa de diecinueve (19) proyectos de la Acción de Contingencia AC- 56 a favor de organismos públicos, por la suma de S/. 2 665 482.10 (Dos millones seiscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos con 10/100 nuevos soles); Que, mediante los documentos de vistos, se adjunta el cuadro consolidado de diecinueve (19) proyectos de la Acción de Contingencia AC-56, a favor de organismos ejecutores públicos, los cuales cuentan con la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 515-2012-MTPE/4/11, por la suma total de S/. 2 665 482.10 (Dos millones seiscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos con 10/100 nuevos soles), razón por la cual, se solicita la transferencia fi nanciera respectiva; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Gerente de la Unidad Gerencial de Proyectos, del Gerente (e) de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Resolución Ministerial N° 371- 2008-TR, modificada por Resolución Ministerial N° 330-2011-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de diecinueve (19) proyectos de la Acción de Contingencia AC-56 por la suma total de S/. 2 665 482.10 (Dos millones seiscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos con 10/100 nuevos soles), conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 883083-1