Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2012 (05/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de enero de 2012

Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en su Octogesima Novena Disposicion Complementaria Final, ha facultado al Gobierno Regional del departamento de La MORDAZA, para que con cargo a los recursos autorizados mediante el Decreto de Urgencia Nº 043-2011, contrate la alternativa de servicios mas eficiente para atender la emergencia por el avance de la erosion maritima que afecta el litoral de los balnearios Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco, respectivamente, de la provincia de MORDAZA en el departamento de La MORDAZA, conforme a los estudios pertinentes que realice para tal fin, asi como teniendo en cuenta la Consultoria para el Asesoramiento y Control de la Reposicion del Borde Costero de los balnearios MORDAZA indicados, correspondiente al Contrato Nº 100-2011-MTC/10 desarrollada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con el inciso 1º del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69º del Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del 12 de enero de 2012, el estado de emergencia en los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos de Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco, respectivamente, de la provincia de MORDAZA, en el departamento de La MORDAZA, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de La MORDAZA, los Gobiernos Locales provinciales y distritales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Economia y Finanzas y demas instituciones y Organismos del Estado, dentro de sus competencias, continuaran ejecutando las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 737327-4

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, del distrito de Huando, de la provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO N° 006-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 084-2011-PCM de fecha 6 de noviembre de 2011, se declaro el estado de emergencia en el Centro Poblado de Cachi Baja, del distrito de Huando, de la provincia Huancavelica, del departamento de Huancavelica, debido al peligro de deslizamiento originados por la falta de tratamiento del encausamiento del drenaje pluvial como consecuencia de las lluvias que azotaron en la MORDAZA de Huando y la MORDAZA central afectando a varias familias del referido centro poblado, existiendo a la fecha un Riesgo Muy Alto para la poblacion, MORDAZA que se encuentra afectada por la falta de tratamiento del encausamiento del drenaje pluvial, basicamente desde la construccion de la carretera Huancayo ­ Huancavelica, y que durante varios anos viene erosionando las rocas y terreno donde se asienta la poblacion urbana; Que, como antecedente, entre los meses de enero y MORDAZA de 1987, durante la temporada de lluvia, en el Centro Poblado de Cachi Baja, del distrito de Huando, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica, ubicado a 3,540 msnm, se produjeron desbordes de aguas de las alcantarillas de la carretera sobre las quebradas, con erosion de aguas pluviales provenientes de las altas montanas, ocasionando destruccion y perdidas en el sector agropecuario; Que, con el Oficio N° 100-2011/GOB.REG-DE HVCA/ ORSCYDC/MDH el Gobierno Regional de Huancavelica, ha informado sobre la situacion de Riesgo Muy Alto en que se encuentra el Centro Poblado de Cachi Baja por los deslizamientos de tierra, razon por lo cual ha remitido el Informe Ampliatorio de Estimacion de Riesgos del Centro Poblado de Cachi; Que, mediante Informe N° 037-2011-INDECI/10.2 de fecha 22 de diciembre de 2011, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, se pronuncia teniendo en consideracion lo informado por el Gobierno Regional de Huancavelica, senalando que debido a cuatro (4) deslizamientos identificados en la carretera de Huancayo ­ Huancavelica, la poblacion de Cachi Baja se encuentra expuesta a Riesgo Muy Alto, deslizamientos originados por la falta de tratamiento del encausamiento del drenaje pluvial desde la construccion de la mencionada carretera y que durante varios anos viene erosionando las rocas fracturadas y terreno compuesto por lava volcanica y arcilla donde se asienta la poblacion MORDAZA, mas aun cuando durante la construccion de dicha carretera hubo un movimiento de tierras que acumularon a su borde un promedio de 40 000,00 m3; Que, asimismo dicho informe agrega, que se suman como factores desencadenantes del Riesgo Muy Alto existente en la mencionada MORDAZA afectada, las precipitaciones pluviales intensas, la pendiente del terreno que van desde 65 hasta 85 por ciento la concentracion e infiltracion de aguas de lluvias sobre las laderas del Centro Poblado de Cachi Baja, situacion que constituye un peligro inminente para la poblacion, observandose algunos asentamientos en las viviendas ubicadas en la parte sur del estadio y/o plaza principal, recomendando por tanto se gestione la Declaratoria de Estado de Emergencia; Que, la posibilidad de deslizamientos de tierra y la magnitud de la situacion descrita en los considerandos precedentes, demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional de Huancavelica, en coordinacion con la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la Municipalidad Distrital de Huando, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI y los Sectores comprometidos involucrados, ejecutar acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en dicha MORDAZA afectada, y estando por vencer el plazo de vigencia del

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