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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de enero de 2012 458603 Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN 27 8704.21.10.10 CAMIONETAS PICK-UP. DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓN, ENSAMBLADAS CON PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T. DIESEL. 28 8705.20.00.00 CAMIONES AUTOMÓVILES PARA SONDEO O PERFORACIÓN. 29 9006.30.00.00 CÁMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFÍA SUBMARINA O AÉREA, EXAMEN MÉDICO DE ÓRGANOS INTERNOS O PARA LABORATORIOS DE MEDICINA LEGAL O IDENTIFICACIÓN JUDICIAL. 30 9011.10.00.00 MICROSCOPIOS ESTEREOSCÓPICOS. 31 9011.20.00.00 LOS DEMÁS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFÍA, CINEFOTOMICROGRAFÍA O MICROPROYECCIÓN. 32 9012.10.00.00 MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS ÓPTICOS; DIFRACTÓGRAFOS. 33 9014.20.00.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACIÓN AÉREA O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRÚJULAS). 34 9014.80.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACIÓN. 35 9015.10.00.00 TELÉMETROS. 36 9015.20.10.00 TEODOLITOS. 37 9015.20.20.00 TAQUÍMETROS. 38 9015.30.00.00 NIVELES. 39 9015.40.10.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA, ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS. 40 9015.40.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS. 41 9015.80.10.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRÍA. 42 9015.80.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS. 43 9015.90.00.00 PARTES Y ACCESORIOS. 44 9020.00.00.00 LOS DEMÁS APARATOS RESPIRATORIOS Y MÁSCARAS ANTIGÁS, EXCEPTO LAS MÁSCARAS DE PROTECCIÓN SIN MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE. 45 9027.30.00.00 ESPECTRÓMETROS, ESPECTROFOTÓMETROS Y ESPECTRÓGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES ÓPTICAS (UV, VISIBLES, IR). 46 9030.33.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O CONTROL DE TENSIÓN, INTENSIDAD, RESISTENCIA O POTENCIA, SIN DISPOSITIVO REGISTRADOR. II. SERVICIOS a) Servicios de Operaciones de Exploración Minera: - Topográfi cos y geodésicos. - Geológicos y geotécnicos (incluye petrográfi cos, mineragráfi cos, hidrológicos, restitución fotogramétrica, fotografías aéreas, mecánica de rocas). - Servicios geofísicos y geoquímicos (incluye ensayes). - Servicios de perforación diamantina y de circulación reversa (roto percusiva). - Servicios aerotopográfi cos. - Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos aerotransportados. - Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc.). b) Otros Servicios Vinculados a las Actividades de Exploración Minera: - Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto. - Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorías destinados a las actividades de exploración minera. - Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera. - Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera. - Alquiler o arrendamiento fi nanciero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración. - Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos. - Servicios médicos y hospitalarios. - Servicios relacionados con la protección ambiental. - Servicios de sistemas e informática. - Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital. - Servicios de seguridad industrial y contraincendios. - Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. - Servicios de seguros. - Servicios de rescate, auxilio. 736285-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 544-2011-MEM/DM Lima, 28 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, por Escrito Nº 2094845, SOLEX DEL PERU SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio Nº 273-2011-EF/15.01 de fecha 12 de octubre de 2011, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por SOLEX DEL PERU SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo Nº 150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF y el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de SOLEX DEL PERU SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas ANEXO LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV E IPM SOLEX DEL PERU S.A.C. I. BIENES Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION 1 2508.10.00.00 BENTONITA. 2 3824.90.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS (“LODOS”). 3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLÁSTICA. 4 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METÁLICA DE PROTECCIÓN. 5 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD. 6 7228.80.00.00 BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓN DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR. 7 7304.22.00.00 TUBOS DE PERFORACIÓN DE ACERO INOXIDABLE.