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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2012 (05/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de enero de 2012 458600 Artículo 2°.- Disponer la incorporación de los evaluadores certifi cados mencionados en el artículo precedente, en el Registro de Evaluadores de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Artículo 3°.- El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria publicará en su portal institucional http://www. coneau.gob.pe/, la relación de profesionales evaluadores certifi cados a que se refi ere el artículo 1° de la presente, en la misma fecha en que sea publicada. Artículo 4°.- La Secretaria Técnica del Consejo Superior del SINEACE ejecutará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta SINEACE ANEXO A LA RESOLUCIÓN Nº 019-2011-SINEACE/P N° APELLIDOS NOMBRES 1. Cabrera Oyague María Gabriela 2. Cáceres Andrade Felipe Santiago 3. Cari Checa Edith 4. Carrión Herrera Uriel 5. Córdova Lazo Mario Ángel Humberto 6. Dalby Morla María Paola 7. Dongo Ortega Carmen Eleana 8. Escalante Huancahuare Abel Rutilio 9. Figueroa Banda Rufo Alberto 10. Flores Mori Mirza Lucia 11. Fuentes Blotte Oscar Antonio 12. Gamero Oviedo Pedro Javier 13. Giles Apaza Daniel 14. González Cam Janet Evelyn 15. Huayanca Vargas Armando Juan 16. Iparraguirre Vargas Isaura Isabel 17. Leyva Morales Deisy Elba 18. Marañon Barraza Ruth Bernardita 19. Martinez Huanca Freddy Enrique 20. Melgar López Rodolfo 21. Nieto Muriel María Luz 22. Portilla Miranda Serey Doris 23. Ramos Conde Miguel Ricardo 24. Rivera Almeyda Hilda Jessica 25. Rivera Arenas Sandra Ivon 26. Romero Diaz Ronald Gonzalo 27. Salas Linares José Antonio 28. Salas Rojas Mónica Hilda 29. Sueng Navarrete Lola Isabel 30. Tapia Condori Rildo Paul 31. Tavera Aragón José Carlos 32. Torres de Vargas Miriam Rogelia 33. Trigoso Rojas Wiuliam 34. Velez Toala Factor 736763-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación del Contrato de Concesión Nº 340-2009 relativo a la Central Térmica Caña Brava RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 536-2011-MEM/DM Lima, 26 de diciembre de 2011 VISTOS: El Expediente Nº 13175409, organizado por Bioenergía del Chira S.A., sobre concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables en la Central Térmica Caña Brava; y la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión N° 340-2009; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 465- 2009-MEM/DM, publicada el 21 de noviembre de 2009, se otorgó a favor de Agrícola del Chira S.A. concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Caña Brava, con una potencia instalada de 12 MW, ubicada en el distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana, departamento de Piura, en la zona comprendida dentro de las Coordenadas UTM (PSAD56) que obran en el Expediente Nº 13175409; asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 465- 2009-MEM/DM se aprobó el Contrato de Concesión Nº 340-2009; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 168-2011- MEM/DM, publicada el 10 de abril de 2011, se aprobó la transferencia de la concesión defi nitiva del párrafo que antecede a favor de Bioenergía del Chira S.A.; Que, con fecha 14 de julio de 2011 y bajo el registro N° 2112913, Bioenergía del Chira S.A. solicitó la modifi cación del Contrato de Concesión N° 340-2009, a fi n de efectuar una corrección en las Coordenadas UTM (PSAD56) que delimitan el área de la concesión, a efectos de subsanar una observación de la Ofi cina Registral de Sullana de los Registros Públicos; Que, la modifi cación solicitada implica efectuar cambios en el numeral 10.5 de la Cláusula Décima del Contrato de Concesión Nº 340-2009, con el fi n de consignar las nuevas coordenadas UTM (PSAD56) del área que delimita la zona de la concesión defi nitiva; Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refi ere el Informe N° 268-2011-DGE- DCE, corresponde aprobar la modifi cación del Contrato de Concesión N° 340-2009 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 66°, el artículo 67° y el segundo párrafo del artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión N° 340-2009, relativo a la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Térmica Caña Brava, en los aspectos referidos al numeral 10.5 de la Cláusula Décima, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de modifi cación al Contrato de Concesión N° 340-2009, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen a la Modifi cación del Contrato de Concesión N° 340-2009, referido en el artículo 2° de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 735117-1