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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2012 (05/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de enero de 2012 458612 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 654-2011/ MINSA, de fecha 26 de agosto de 2011, se designó a la Economista Rocío Espino Goycochea, en el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Secretaría General del Ministerio de Salud; Que, la mencionada funcionaria ha presentado renuncia al cargo, siendo conveniente aceptar dicha renuncia y adoptar las acciones de personal que resulten convenientes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Secretaría General del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la Economista Rocío Espino Goycochea, al cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Secretaría General del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 737324-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican R.S. Nº 018-2003-TR mediante la cual se aprobó la creación del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2012-TR Lima, 4 de enero de 2012 VISTO: El Informe Nº 032-2011-MTPE/2/15 del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2003-TR, modifi cada por las Resoluciones Supremas Nºs. 029-2005- TR y 027-2010-TR, se aprueba la creación del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil; Que, la referida Resolución Suprema prescribe en su artículo 6º, que el Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, actúa como Presidente y el Director de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, actúa como Secretario del referido Comité; Que, los artículos 52º y 55º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, prescriben que la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo es un órgano de línea responsable de formular las políticas públicas y funciones sustantivas orientadas, entre otros, a la erradicación del trabajo infantil, y que la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales tiene como función específi ca, desarrollar acciones derivadas de la política pública orientadas, entre otros, a la erradicación del trabajo infantil; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta pertinente modifi car el artículo 6º de la Resolución Suprema Nº 018-2003-TR, modifi cada por las Resoluciones Supremas Nºs. 029-2005-TR y 027-2010-TR; De conformidad con el numeral 3) del artículo 11º y el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 6º de la Resolución Suprema Nº 018-2003-TR, modifi cada por las Resoluciones Supremas Nºs. 029-2005-TR y 027- 2010-TR. Modifíquese el artículo 6º de la Resolución Suprema Nº 018-2003-TR modifi cada por las Resoluciones Supremas Nºs. 029-2005-TR y 027-2010-TR, conforme al siguiente texto: “Artículo 6º.- El Director/a de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, actúa como Presidente, y el Director/a de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, actúa como Secretario del mencionado Comité.” Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3º.- Vigencia La presente Resolución Suprema entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Deróguese Deróguese toda norma que contravenga la presente Resolución Suprema. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 737327-13 Designan Jefe de Oficina de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 002-2012-TR Lima, 4 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024, se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, mediante Ofi cio N° 456-2011-MTPE/1 el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicitó a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la asignación de un Gerente Público para que se desempeñe en el cargo de Jefe de Ofi cina de la Ofi cina General de Administración, suscribiéndose el Convenio Marco correspondiente; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 183- 2011-SERVIR-PE, se aprobó la asignación de cargos de