Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2012 (21/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de enero de 2012

Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Acobamba, Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana", solicita su inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal "Huaytapallana", se encuentra integrada por las municipalidades distritales de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca, ubicadas en la provincia de Huancayo, y las municipalidades distritales de Llaylla, MORDAZA MORDAZA y Coviriali, ubicadas en la provincia de Satipo, departamento de Junin; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana", comprende en forma conjunta a las municipalidades que la integran, y constituye el sustento de las decisiones sobre la constitucion de la referida mancomunidad municipal, adoptadas por los alcaldes y concejos municipales respectivos; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana": a) Promocion de construccion y mejoramiento de infraestructura vial asfaltado como MORDAZA corredor economico, turistico, y nuevas inversiones publicas y privadas desde la MORDAZA y provincia de Huancayo, distrito de Pariahuanca, MORDAZA MORDAZA de Acobamba, Coviriali, MORDAZA MORDAZA, Llaylla, Pangoa y el distrito de Rio Tambo, interconectar a la carretera Satipo-Atalaya- Region Ucayali; b) Fomento de la inversion privada y publica, con promocion del empleo y promocion empresarial, c) Promocion y ejecucion de programas y proyectos, para el desarrollo de produccion agroecologica, turismo sostenible. Centros de transformacion de productos agropecuarios, d) Fomento de la competitividad productiva, con responsabilidad social, e) Diseno y promocion de circuitos turisticos sostenibles, mediante el corredor economico vial MORDAZA y MORDAZA, y a nivel nacional, f) Proteccion y difusion de recursos naturales en general; y g) Planificacion del desarrollo MORDAZA y rural eco-turistico.. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana": a) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico de los distritos. Sector publico, privado y Cooperacion Tecnica Internacional sobre elaboracion de planes, programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de la mancomunidad, b) Ejecutar directamente o proveer, gestionar la ejecucion de las obras de infraestructura vial MORDAZA o rural que son prioritarios para el cambio de MORDAZA de los habitantes de los pueblos de la Mancomunidad, que promovera una mejor produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion entre los distritos y principales ciudades de las regiones y el MORDAZA, puentes, nuevos corredores economicos, mercados de productores ­ ecoturisticos, MORDAZA de irrigacion y riego tecnificado, proyectos productivos, artesanias, obras similares, en coordinacion con la(s) Municipalidad(es)

Provincial(es) respectiva y el/los Gobierno(s) Regional(es) y el Gobierno Central, c) Facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion y vigilancia de los programas locales de desarrollo social; asi como de apoyo a la poblacion en riesgo, seran politicas de primer orden de la Mancomunidad, d) Promover el tratamiento de residuos solidos en forma ecologica, e) Promover el acceso a la informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA, a fin de mejorar la competitividad, inclusion social tecnologica e igualdad de oportunidades, f) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad en lo establecido en la Ley Nº 28846, g) Formular, aprobar y ejecutar planes, programas y proyectos relacionados con la proteccion y conservacion del medio ambiente; asi como gestionar obras por impuestos, conforme Ley Nº 29230, h) Construccion, mejoramiento, rehabilitacion y/o mantenimiento de infraestructura vial en todas sus categorias en el ambito de la mancomunidad, priorizando la carretera transversal asfaltado desde la MORDAZA y provincia de Huancayo, distrito de Pariahuanca, MORDAZA MORDAZA de Acobamba, Coviriali, MORDAZA MORDAZA, Llaylla, Pangoa y el distrito de Rio Tambo, interconectar a la carretera Satipo-Atalaya- Region Ucayali, i) Fortalecer la capacidad tecnico operativa de los gobiernos locales, j) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad, k) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y mitigacion de los desastres naturales, l) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes, la infraestructura vial y el asfaltado promoverian el turismo familiar, interdistrital, departamental y nacional, m) Promover, en coordinacion con el gobierno central, regionales, provinciales y locales, agresivas politicas orientadas a generar productividad y competitividad en las zonas urbanas y rurales de la mancomunidad, y n) Fortalecer la Mancomunidad Municipal, mediante elaboracion de proyectos, expedientes, estudios de inversion publica-privada, y consecuentemente, su ejecucion, con financiamiento del Estado, entidad privada y la cooperacion tecnica internacional. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana", contiene informacion sobre su domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Constitucion de Vistos, se acordo la constitucion de la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana", y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades distritales de MORDAZA MORDAZA de Acobamba, Pariahuanca, Llaylla, MORDAZA MORDAZA y Coviriali, aprueban la constitucion de la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe de Vistos, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la Mancomunidad Municipal "Huaytapallana", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;

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