Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2012 (21/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459565

Aprueban renuncia parcial de concesion definitiva de transmision y la Adenda N° 1 al Contrato de Concesion N° 06895, presentada por SN Power Peru S.A. (antes Electroandes S.A.)
RESOLUCION SUPREMA N° 009-2012-EM MORDAZA, 20 de enero de 2012 VISTO: El Expediente con codigo N° 14001093, sobre la solicitud de renuncia parcial de concesion definitiva de transmision de energia electrica, presentada por SN Power Peru S.A. (antes Electroandes S.A.), persona juridica inscrita en la Partida N° 11264232 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO : Que, mediante Resolucion Suprema N° 096-2001EM, publicada el 21 de MORDAZA de 2001, la Empresa de Electricidad de los Andes S.A. adquirio la titularidad de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, otorgada originariamente mediante Resoluciones Supremas Nº 086-93-EM, publicada el 27 de diciembre de 1993 y Nº 064-95-EM, publicada el 11 de agosto de 1995, entre otras, para las lineas de transmision CH MORDAZA - SET Carhuamayo y CH Pachachaca ­ SET Yauli ­Santa MORDAZA ­ MORDAZA ­ SET Morococha, asumiendo los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesion N° 068-95 elevado a Escritura Publica el 27 de setiembre de 1995; Que, por escritura publica del 27 de junio de 2002, otorgada ante notario de MORDAZA Dr. MORDAZA Noya de la MORDAZA, Empresa de Electricidad de los Andes S.A. fue fusionada y absorbida por Inversiones Elegia S.R.L., la misma que mediante dicho titulo tambien cambio su denominacion social a Electroandes S.A., quedando inscrita dicha fusion y nueva denominacion social en el Asiento Nº C00004 de la Partida Registral Nº 49089358 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, correspondiente a la concesion; Que, mediante Resolucion Suprema N° 032-2006EM, publicada el 07 de MORDAZA de 2006, se aprobo la transferencia parcial de la concesion a que se refiere el considerando que antecede, de Electroandes S.A. a favor de la empresa Electrocentro S.A., respecto de la Linea de Transmision en 138 kV C.H. Yaupi ­ S.E.T. Carhuamayo, quedando excluida esta linea de la concesion concedida originariamente; Que, con fecha 11 de junio de 2009, bajo el registro N° 1893361, el concesionario solicito la renuncia parcial de concesion en el aspecto referido a la extension de las lineas de transmision mencionadas en el primer considerando, exponiendo como sustento la necesidad de desactivar las ternas L-6501A y L-6502 pertenecientes a la linea de transmision CH MORDAZA - SET Carhuamayo, asi como desactivar el tramo: CH Pachachaca - Estructura Nº 77 (campamento minero Alpamina) perteneciente a la linea de transmision CH Pachachaca ­ SET Yauli ­Santa MORDAZA ­ MORDAZA ­ SET Morococha; Que, por escritura publica del 15 de febrero de 2010, otorgada ante notario de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Electroandes S.A. acordo, entre otros, la modificacion del articulo 1º de su estatuto social en lo que respecta a la denominacion social de la empresa, pasando a denominarse SN Power Peru S.A. La nueva denominacion social quedo inscrita en el Asiento Nº C00005 de la Partida Registral Nº 49089358 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, en la que corre inscrita la concesion; Que, asimismo, la renuncia solicitada por el Concesionario no afectara a usuarios del servicio electrico, tal como ha sido verificado por OSINERGMIN e informado a la DGE mediante Oficio Nº 4849-2011-OS-GFE bajo el registro Nº 2114072, ratificado mediante Oficio Nº 56362011-OS-GFE bajo el registro Nº 2122291. Se cuenta ademas con la opinion tecnica del COES SINAC, remitida a la DGE con documento Nº COES/D-470-2011, bajo el registro Nº 2135932, donde se senala que el retiro de las

lineas materia de la reduccion de concesion solicitada por SN Power Peru S.A. no tendra impactos negativos en la operacion del MORDAZA en la MORDAZA involucrada; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley 25844 Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe N° 103-2011-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la renuncia parcial de concesion definitiva de transmision y la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesion Nº 068-95, el mismo que debera ser elevado a Escritura Publica incorporando en este el texto de la presente Resolucion, e inscribirlo en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53° y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE : Articulo 1°.- Aprobar la renuncia parcial de concesion definitiva de transmision y la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesion Nº 068-95, presentada por SN Power Peru S.A. (antes Electroandes S.A.), a fin de modificar la Clausula Tercera, modificar el numeral 5.7 de la Clausula MORDAZA, y modificar los Anexos Nº 2 y Nº 4, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesion N° 068-95, aprobado en el articulo 1º de la presente Resolucion y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesion N° 068-95. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 744250-7

Aprueban modificacion de la Concesion solicitada por Electronoroeste S.A. y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesion Nº 039-94
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2012-EM MORDAZA, 20 de enero de 2012 VISTO: El Expediente con codigo N° 15034994, sobre la solicitud de modificacion de concesion definitiva de distribucion de energia electrica, presentada por Electronoroeste S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 00110544 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral N° I, Sede MORDAZA, de la Oficina Registral de Piura;

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