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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de enero de 2012 459859 Segundo.- Disponer la inscripción de la medida impuesta en el Registro Nacional de Sanciones y Destituciones y Despido. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS LUIS ALBERTO VASQUEZ SILVA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA LUIS ALBERTO MERA CASAS Secretario General 745925-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumerario del Noveno Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 081-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de enero del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 006867-2012, el doctor Julio Gustavo Falcón García, Juez Provisional del Noveno Juzgado Civil de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de duelo a partir del día 23 de enero del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que se hará cargo del Noveno Juzgado Civil de Lima, mientras dure el periodo de licencia del doctor Falcón García. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al doctor CARLOS ÁNGEL VARGAS GARCÍA como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado Civil de Lima, a partir del 26 al 31 de enero del presente año, en reemplazo del doctor Falcón García. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 745922-1 Disponen el inicio del Proceso de Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales inscritos en la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 29-2012-P-CSJCL/PJ Callao, 24 de enero de 2012. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Ofi cio Nº 001-2012-A-REPEJ-CSJCL/PJ cursado por el señor Oswaldo Heredia Sulca, Responsable del Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Resolución Administrativa Nº 352-98-TP-CME-PJ, Reglamento de Peritos Judiciales, establece que el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales- REPEJ- deberá revalidar anualmente su inscripción, previo pago del derecho correspondiente. Que, asimismo, el literal d) del artículo 8° del citado Reglamento establece que el aspirante a Perito Judicial debe presentar la constancia de colegiatura y/o habilitación correspondiente, por lo que debe tenerse presente dicho dispositivo legal para ser aplicado al proceso de revalidación a instaurar. Que mediante el ofi cio de vistos, el Responsable del Registro de Peritos de esta Corte Superior de Justicia, solicita a la Presidencia de Corte que se emita la resolución para la revalidación de inscripción de los Peritos Judiciales en esta Corte Superior de Justicia. Que, con la fi nalidad de dar cumplimiento a las normas anteriormente señaladas se debe establecer el plazo de presentación de dichas solicitudes y los requisitos correspondientes, a efecto de que los peritos judiciales puedan ser designados en el presente año judicial como órgano de auxilio judicial de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. En consecuencia, con la facultad conferida a los Presidentes de Cortes en los incisos 3) y 4) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el inicio del Proceso de REVALIDACION DE INSCRIPCION de Peritos Judiciales que se encuentran inscritos en esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al presente año judicial. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el plazo para presentar las solicitudes de Revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales, se iniciará a partir del 01 de febrero hasta el 16 de marzo del año en curso. Artículo Tercero.- DISPONER que los profesionales y/o técnicos que participen en el presente proceso, deberán presentar además de los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, la constancia de encontrase hábil