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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2012 (27/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de enero de 2012 459882 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM se aprobaron Medidas de Ecoefi ciencia en el Sector Público, que tienen como efecto el ahorro en el Gasto Público y que son acciones que permiten la mejora continua del servicio público, mediante el uso de menos recursos así como la generación de menos impactos negativos en el ambiente; siendo que, el resultado de su implementación se refl eja en los indicadores de desempeño, de economía de recursos y de minimización de residuos e impactos ambientales, y se traducen en un ahorro económico para el Estado; Que, el artículo 3 de dicho Decreto Supremo, establece que las medidas de Ecoefi ciencia son de aplicación obligatoria en todas las entidades del Sector Público y su cumplimiento es obligación de todas las personas que presten servicios al Estado, independientemente de su régimen laboral o de contratación; Que, el Ministerio del Ambiente publicó la “Guía de Ecoefi ciencia para Instituciones del Sector Público”, cuyo objetivo general es facilitar los procesos de identifi cación, implementación y monitoreo de las acciones que surgen de la aplicación de los conceptos de Ecoefi ciencia en el sector público; estableciendo en su numeral 1.3, que la Ecoefi ciencia es un proceso que implica llegar a cabo algunos pasos para hallar medidas de ahorro con una pequeña inversión de tiempo y recursos económicos, siendo el primero de ellos, la constitución de un Comité de Ecoefi ciencia que estará conformado, entre otros, por representantes de la Ofi cina General de Administración, Mantenimiento y Servicios Internos, Recursos Humanos y Ofi cina de Planeamiento; Que, en ese contexto a fi n de implementar las medidas de Ecoefi ciencia antes mencionadas, resulta necesario aprobar Normas para la Implementación de Medidas de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Educación, cuya fi nalidad es optimizar el uso racional de los recursos de energía eléctrica, agua potable, papel y combustible, así como la segregación y reciclado de residuos sólidos, lo cual permitirá garantizar el ahorro de recursos e insumos de trabajo, así como la minimización de la generación de residuos sólidos, generando con ello una mejora continua del servicio y una cultura institucional de conservación del medio ambiente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Guía de Ecoefi ciencia para Instituciones del Sector Público aprobada por el Ministerio del Ambiente, resulta necesario constituir el Comité de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Educación, el mismo que estará conformado por un representante de la Ofi cina General de Administración, un representante de la Unidad de Abastecimiento, un representante de la Unidad de Personal, un representante de la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones y un representante de la Secretaria de Planifi cación Estratégica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM, en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por Ley Nº 26650, y en el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 002-2012-MINEDU/ SG-OGA “Normas para la Implementación de Medidas de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Educación”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Constituir el Comité de Ecoefi ciencia del Ministerio de Educación, el cual estará integrado por: • Un representante de la Ofi cina General de Administración, quien la presidirá; • Un representante de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, en calidad de coordinador; • Un representante de la Unidad de Personal de la Ofi cina General de Administración; • Un representante de la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones; y, • Un representante de la Secretaría de Planifi cación Estratégica. Artículo 3.- Las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación constituirán sus Comités de Ecoefi ciencia e implementarán las Medidas de Ecoefi ciencia conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM y la Guía de Ecoefi ciencia para Instituciones del Sector Público. Artículo 4.- Disponer que la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones publique la Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación http://www. minedu.gob.pe/normatividad/. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 746044-1 Disponen la prepublicación del proyecto “Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación” en el portal institucional del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0043-2012-ED Lima, 25 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional en su sentencia del 14 de abril de 2009, ordena al Ministerio de Educación que cumpla con reglamentar todos los aspectos desarrollados en la Ley N° 28044, Ley General de Educación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0482-2011- ED, se conforma la “Comisión de Reglamentación de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación”, la misma que ha elaborado el respectivo proyecto de Reglamento; Que, siendo el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, un documento normativo que contribuirá a regular los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, resulta necesario disponer la prepublicación de su proyecto en el Portal Institucional del Ministerio de Educación por un plazo de diez (10) días calendario, a fi n de recibir las sugerencias y alcances de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general; y De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por Ley Nº 26510, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones, efectúe la prepublicación del proyecto de “Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación”, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación, en la dirección: http://www.minedu.gob.pe/normatividad/ a efecto de recibir las sugerencias y alcances de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días calendario. Artículo 2.- Encargar a la Presidencia de la Comisión de Reglamentación, conformada por Resolución Ministerial N° 0482-2011-ED, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y alcances que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 746044-2