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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2012 (27/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de enero de 2012 459893 y Funciones del OSCE, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, en concordancia con los artículos 6º y 7º, inciso 8), del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2012- OSCE/CD, “Incorporación de la Profesión de Ingeniería de Mecánica de Fluidos en el Registro Nacional de Proveedores” que, como anexo, constituye parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución y el anexo a que se refiere el artículo precedente, en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (www.osce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- La Directiva aprobada por el artículo 1º de la presente resolución, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. Regístrese, publíquese y comuníquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 746142-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban medidas de austeridad y disciplina en el gasto a aplicarse a partir del Año Fiscal 2012 en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 013-2012/SUNAT Lima, 26 de enero de 2012 VISTOS: El Informe Técnico N° 111-2011-SUNAT/2G0000 y el Memorándum N° 50-2012-SUNAT/2G0000, emitidos por la Intendencia Nacional de Administración, y el Informe Técnico N° 038-2011-SUNAT/2F0000 emitido por la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. CONSIDERANDO: Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT – Ley Nº 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que el artículo 9º de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT establece que el Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva y titular del pliego presupuestario; Que de acuerdo con el artículo 78° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM, la Intendencia Nacional de Administración se encarga de elaborar el presupuesto institucional y supervisar su ejecución; Que asimismo, de conformidad con el artículo 102° del citado Reglamento de Organización y Funciones, la Intendencia Nacional de Recursos Humanos es responsable de conducir los sistemas de administración de personal, selección, evaluación, capacitación, bienestar y desarrollo integral del trabajador; Que en tal sentido, corresponde emitir la Resolución de Superintendencia que apruebe las disposiciones de austeridad y disciplina en el gasto público que regirán el proceso presupuestario en la SUNAT a partir del Año Fiscal 2012; En uso de las facultades conferidas en el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y en el literal u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.– Objeto de la norma La presente resolución tiene por objeto establecer las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT aplicables a partir del Año Fiscal 2012. Artículo 2°.- Medidas en materia de personal 2.1 Contratación de personal Queda prohibido el ingreso de personal, salvo en los siguientes supuestos: 2.1.a) La designación en cargos de confi anza y de directivos superiores de libre designación y remoción, conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente, siempre que se cuente con plaza presupuestada previamente a la contratación. 2.1.b) La contratación para el reemplazo por cese del personal o para suplencia temporal, siempre y cuando se cuente con la plaza en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP previamente a la contratación y se efectúe por concurso público de méritos. En el caso de suplencia temporal de personal, una vez fi nalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automáticamente. 2.1.c) Contratación de personal a plazo indeterminado, previo concurso público de méritos, para la cobertura de plazas presupuestadas previamente a la contratación. 2.1.d) Contratación sujeta a modalidad, conforme a lo establecido en las normas laborales vigentes, para el cumplimiento de los objetivos institucionales, previo concurso público de méritos, siempre y cuando se cuente con la plaza en el PAP previamente a la contratación. 2.2 Gastos por concepto de Horas Extras No se autoriza efectuar gastos por concepto de horas extras. La Intendencia Nacional de Recursos Humanos - INRH adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente disposición, incluyendo lo relativo a la compensación por el trabajo en sobretiempo. Artículo 3°.– Medidas en materia de bienes y servicios 3.1 Disposiciones sobre viajes al exterior de los trabajadores Quedan prohibidos los viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los viajes que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica, salvo que no exista disponibilidad en la misma y el viaje tenga el carácter de urgente. La Intendencia Nacional de Administración deberá