Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2012 (13/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de febrero de 2012

fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, a propuesta de este ultimo; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, a traves del Oficio Nº 080-2012-MINDEF/VRD/ DIGPP/01, el senor Ministro de Defensa ha solicitado se autorice la incorporacion de mayores recursos en el Pliego 026 Ministerio de Defensa por la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 953 819,00), a favor de la Autoridad Maritima, que corresponde al deposito efectuado por la Autoridad Portuaria Nacional en la cuenta del Tesoro Publico, correspondiente a los meses MORDAZA, agosto y setiembre de 2011, equivalente al 30% de las retribuciones generadas por los Concesionarios del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur y del Terminal Norte Multiproposito del Terminal Portuario del Callao; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporacion de los citados recursos hasta por la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 953 819,00), via Credito Suplementario; De conformidad con lo establecido en la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27943 y el literal b), del articulo 6º de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 953 819,00), equivalente al 30% del deposito de las retribuciones efectuado por la Autoridad Portuaria Nacional, correspondiente a los meses de MORDAZA, agosto y setiembre de 2011, por los Concesionarios del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur y del Terminal Norte Multiproposito del Terminal Portuario del Callao, para el cumplimiento de las competencias de la Autoridad Maritima en la defensa, seguridad y proteccion ambiental en las aguas jurisdiccionales del MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 1.5 1.5.1 1.5.1 2 1.5.1 2.2 1.5.1 2.2.99 1 Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1º del presente Dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 752604-15

INGRESOS PRESUPUESTARIOS OTROS INGRESOS RENTAS DE LA PROPIEDAD RENTAS DE LA PROPIEDAD REAL DERECHOS E INGRESOS POR CONCESIONES OTROS DERECHOS E INGRESO POR OTRAS CONCESIONES

953 819,00 953 819,00 953 819,00 953 819,00 ---------------953 819,00 =========

Designan a diversas entidades financieras con el estatus de Creador de MORDAZA y Aspirante a Creador de MORDAZA para el Programa de Creadores de MORDAZA para el ano 2012
RESOLUCION DIRECTORAL N° 007-2012-EF/52.01 MORDAZA, 9 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-EF, publicado el 25 de enero de 2011, se aprobo el MORDAZA Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA, el cual sustituye al Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 137-2005-EF; Que, en aplicacion del numeral 3 del Reglamento vigente, corresponde a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, en su calidad de Unidad Responsable, designar anualmente a los participantes del Programa con el estatus de Creador de MORDAZA o Aspirante a Creador de MORDAZA, previa verificacion del cumplimiento de lo establecido en los numerales 4, 5 y 6 de dicho Reglamento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 223-2011EF/43, se aprobo la nueva estructura organica del Ministerio de Economia y Finanzas, segun la cual la denominacion de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico ha sido modificada por la de Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, dada la incertidumbre en el MORDAZA de capitales interno, producto del MORDAZA electoral en nuestro MORDAZA durante la primera mitad del ano 2011 y la crisis en la MORDAZA MORDAZA y la postergacion de la reactivacion

TOTAL INGRESOS EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

(En Nuevos Soles) : Gobierno Central 026 : Ministerio de Defensa 004 : MORDAZA de MORDAZA del Peru

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 5.002152 : Operaciones de Control y Vigilancia de la Autoridad Maritima 953 819,00 ---------------953 819,00 =========

TOTAL EGRESOS

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba mediante Resolucion,

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