Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2012 (13/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

460848 PODER JUDICIAL

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de febrero de 2012

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza N° 019-2011-REGION ANCASH/CR.Aprueban modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Gobierno Regional de MORDAZA 460861

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. N° 46-2012-P-CSJCL/PJ.Aprueban Cronograma Trimestral de realizacion de Audiencias Publicas Extraordinarias que efectuaran la Primera y MORDAZA Sala Penal del Callao y Sala Mixta Transitoria de Ventanilla para el Ano Judicial 2012 460860

ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. N° 006-2012-BCRP.- Autorizan viaje de funcionario a MORDAZA para participar en evento de UNASUR 460860

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Acuerdo N° 008-2012/MM.- Autorizan viaje de MORDAZA MORDAZA y de Gerente Municipal para participar en evento que se llevara a cabo en Brasil 460861

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29837
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

y privadas, con enfasis en estudios vinculados al desarrollo cientifico y tecnologico del pais. 3.3. Creditos Educativos: Financia total o parcialmente, de manera reembolsable, estudios de pregrado y postgrado para alumnos con alto rendimiento academico e insuficientes recursos economicos, en institutos de educacion superior tecnologicos y universidades, publicas o privadas, nacionales o extranjeras. Articulo 4. Becas y creditos educativos especiales El Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, podra crear o administrar otras modalidades de becas y creditos educativos no contempladas en el articulo anterior para atender las necesidades del MORDAZA asi como a poblaciones vulnerables o situaciones especiales. La tasa de interes para los creditos educativos no podra superar la tasa de interes interbancario. Articulo 5. Instituciones educativas que participan en el Programa Nacional de Becas y Credito Educativo Las instituciones de educacion superior, las carreras profesionales y los programas de estudios que participan del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo deben estar acreditados por los organismos competentes del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE). Articulo 6. Compromiso de los beneficiarios Los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo suscribiran con el Ministerio de Educacion un "Compromiso de Servicio al Peru", en virtud del cual se comprometen a prestar sus servicios en el MORDAZA al finalizar sus estudios respectivos por un periodo de hasta de tres anos. Los beneficiarios de las becas y creditos educativos a los que se refiere el articulo 4 suscribiran un "Compromiso de Servicio al Peru" de acuerdo con la naturaleza o modalidad de los mismos. El "Compromiso de Servicio al Peru" debe expresar tambien que dichos servicios se prestaran preferentemente en la region de origen de los beneficiarios, para lo cual los gobiernos regionales y los gobiernos locales suscribiran convenios para garantizar la contratacion de los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo. En caso de incumplimiento de esta obligacion, los beneficiarios se comprometen a devolver al Estado el integro del costo de la beca recibida en los terminos que establezca el reglamento de la presente Ley. Articulo 7. Composicion y funciones del Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo a. El Programa Nacional de Becas y Credito Educativo cuenta con un Consejo Directivo integrado por: - Dos representantes del Ministerio de Educacion, uno de los cuales lo preside y tiene MORDAZA dirimente.

LEY QUE CREA EL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO
Articulo 1. Creacion del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo Crease el Programa Nacional de Becas y Credito Educativo para el nivel superior a cargo del Ministerio de Educacion, encargado del diseno, planificacion, gestion, monitoreo y evaluacion de becas y creditos educativos. Articulo 2. Finalidad del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo La finalidad del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo es contribuir a la equidad en la educacion superior garantizando el acceso a esta etapa, de los estudiantes de bajos recursos economicos y alto rendimiento academico, asi como su permanencia y culminacion. Articulo 3. Componentes del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo Los componentes del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo son los siguientes: 3.1. Beca Pregrado: Financia estudios de pregrado en universidades publicas o privadas nacionales y extranjeras asi como estudios tecnicos en institutos de educacion superior tecnologicos publicos o privados nacionales, para estudiantes egresados de la secundaria con alto rendimiento academico y bajos recursos economicos, con enfasis en carreras vinculadas al desarrollo cientifico y tecnologico del MORDAZA y que posibiliten una adecuada insercion laboral de los graduados. 3.2. Beca Postgrado: Financia estudios de postgrado para graduados con alto rendimiento academico e insuficientes recursos economicos, en universidades nacionales y extranjeras, publicas

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