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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (21/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de febrero de 2012 461108 Que, la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29763, dispone que la reglamentación será mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Agricultura, de la Producción y, de Comercio Exterior y Turismo, en el plazo máximo de un año, contado desde su publicación en el diario ofi cial El Peruano; para tal fi n, el Ministerio de Agricultura, implementará un proceso participativo y de consulta previa, libre e informada y prepublicará el texto preliminar; Que, el artículo 57º del Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, dispone que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer políticas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales, relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, los recursos genéticos asociados en el ámbito de su competencia, en concordancia con la política nacional del ambiente y la normatividad ambiental; Que, en este contexto, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, desde la expedición de la Ley Nº 29763, viene organizando grupos temáticos con sus funcionarios; asimismo, está elaborando, conjuntamente con representantes de los Ministerios del Ambiente, de Comercio Exterior y Turismo, de Cultura, del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, entre otras entidades, la metodología y cronograma de trabajo, incluyendo el proceso participativo y de consulta previa, libre e informada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar como prioritario el proceso de elaboración del Reglamento de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, de manera participativa y descentralizada, dentro del marco legal vigente y en el plazo establecido en la referida Ley. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, efectúe la conducción del proceso, convocando a las entidades y organizaciones públicas y privadas vinculadas al tema, respondiendo a los requerimientos de la descentralización, modernización del Estado y, el respeto a los pueblos indígenas u originarios. Artículo 3º.- Disponer que los diferentes órganos y dependencias del Ministerio de Agricultura, presten el apoyo necesario que demande la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, para dar cumplimiento a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 754869-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionaria del Consejo Nacional de la Competitividad a Francia para participar en la Reunión de Alto Nivel del Consejo de Gobierno del Centro de Desarrollo de la OECD RESOLUCIÓN SUPREMA N° 011-2012-EF Lima, 20 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Director del Centro de Desarrollo de la Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) ha invitado al señor Ministro de Economía y Finanzas a la reunión de Alto Nivel del Consejo de Gobierno del Centro de Desarrollo de la OECD, a realizarse el próximo 1° de marzo de 2012, en la cual los Ministros se reunirán con el propósito de celebrar el 50° aniversario del Centro de Desarrollo de la OECD, y debatir la manera en que los países en desarrollo y emergentes pueden impulsar la competitividad económica y construir la cohesión social dentro del marco de Estrategias de Desarrollo Nacional. Asimismo, dicho evento será una ocasión de consulta sobre la Estrategia de Desarrollo de la OECD, la cual actualmente está en proceso de elaboración y será presentada a los Ministros de la OECD en mayo de 2012; Que, se ha designado a la señora Angélica Graciela Matsuda Matayoshi, Directora Ejecutiva (e) del Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la Reunión de Alto Nivel del Consejo de Gobierno del Centro de Desarrollo de la OCDE, a llevarse a cabo en la ciudad de París, República Francesa, el 1 de marzo de 2012; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 - Ley N° 29812, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos la Ley Nº 29812-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servicio de la señora Angélica Graciela Matsuda Matayoshi, Directora Ejecutiva (e) del Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 28 de febrero al 2 de marzo de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 3 185,00 Viáticos (3 días) : US$ 780,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje de la funcionaria autorizada en la presente Resolución, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 754892-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2012-EF Mediante Ofi cio Nº 134-2012-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 010-2012-EF, publicada en la edición del día 9 de febrero de 2012.