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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (21/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de febrero de 2012 461109 - Séptimo Considerando: DICE: “Que, (...) ii) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos, Mercado de Capitales, Inmuebles y Turismo y otros Proyectos y/o Activos del Estado – PRO CONECTIVIDAD; y iii) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Sociales, Minería, Saneamiento, Infraestructura de Riego – PRO DESARROLLO (...)”. DEBE DECIR: “Que, (...) ii) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos - PRO CONECTIVIDAD; y iii) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería, Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios – PRO DESARROLLO (...)”. Artículo 2º.- DICE: “(...) b) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos, Mercado de Capitales, Turismo y otros Proyectos y/o Activos del Estado – PRO CONECTIVIDAD. c) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Sociales, Minería, Saneamiento e Infraestructura de Riego – PRO DESARROLLO”. DEBE DECIR: “(...) b) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD. c) Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería, Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios – PRO DESARROLLO”. 754890-1 PRODUCE Designan miembros del Comité Consultivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 087-2012-PRODUCE Lima, 16 de febrero de 2012 Vistos: Los Ofi cios N°s. PCD-100-025-2012-PRODUCE/ IMP, PCD-100-026-2012-PRODUCE/IMP y PCD-100- 027-2012-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, y el Memorando N° 00779-2012-PRODUCE/ SG de la Secretaria General y el Informe N° 006-2012- PRODUCE/OGAJ-jcf de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 95 – Ley del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, establece que dicho Instituto contará, también, con un Comité Consultivo, integrado por no menos de ocho (8) y no más de doce (12) miembros nombrados por Resolución Ministerial a propuesta del Consejo Directivo y, que, entre otras funciones además de las que se precise en el Reglamento de Organización y Funciones, tendrá la de vincular al más alto nivel al Instituto con entidades de fi nes semejantes; absolver consultas del Consejo Directivo, formulando las recomendaciones que resulten adecuadas en relación con dichas consultas y con el cumplimiento de los objetivos y metas del Instituto; Que el Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2001- PE, precisa en su artículo 24, que el Comité Consultivo en mención, está conformado por personas de alta califi cación técnico-científi ca directamente relacionadas con la actividad pesquera, con la investigación y otras actividades afi nes al IMARPE; Que, mediante Acuerdos N° 069, 070 y 071-2011-CD/E del 4 de octubre de 2011, el Consejo Directivo del IMARPE aprobó la incorporación de los señores PhD. Wolf Arntz, Dr. Daniel Pauly y PhD. Ussif Rashid Sumaila, como miembros del Comité Consultivo del IMARPE, en atención a sus respectivas trayectorias en las investigaciones científi cas del mar y sus recursos vivos; Que, por lo expuesto, resulta procedente que se dicte el acto de administración, a través del cual se nombre a los referidos científi cos como miembros del Comité Consultivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; De acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 95 - Ley del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Decreto Legislativo N° 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como miembros del Comité Consultivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE a las siguientes personas: - PhD. Wolf Arntz. - Dr. Daniel Pauly. - PhD. Ussif Rashid Sumaila. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 754810-1 Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 090-2012-PRODUCE Lima, 17 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 286-2011- PRODUCE de fecha 06 de octubre de 2011, se designó al abogado MARTÍN PEDRO PÉREZ SALAZAR en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el abogado MARTÍN PEDRO PÉREZ SALAZAR al cargo de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 754810-2