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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (23/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de febrero de 2012 461229 suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012, correspondiéndole al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” la suma de S/. 39 325 900.00 (Treinta y nueve millones trescientos veinticinco mil novecientos y 00/100 nuevos soles), que corresponden a los recursos no devengados al 31 de diciembre del año fi scal 2011, aprobados con el Decreto de Urgencia Nº 058-2011; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2012-TR se aprueba la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 017-2012-EF; Que, el literal c) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, las transferencias fi nancieras del Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, hoy Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; asimismo, el artículo 12º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza al Programa la realización de transferencias fi nancieras entre entidades durante el año fi scal 2012; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 371-2008- TR, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 330- 2011-TR, se aprueba la Directiva “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 103-2011- DVMPEMPE/CP y modifi catorias se aprobaron los modelos de convenios para la ejecución de proyectos a cargo de organismos públicos y privados; Que, mediante Memorandos Nºs. 154 y 149-2012- DVMPEMPE/TP-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos remite el cuadro consolidado de convenios suscritos de los proyectos de contingencia del Decreto de Urgencia Nº 058-2011; Que, mediante Memorandos Nºs. 195 y 197-2012- DVMPEMPE/TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA Nº 075-2012-MTPE/4/11 por el monto de S/. 4 561 435.18 (Cuatro millones quinientos sesenta y un mil cuatrocientos treinta y cinco con 18/100 nuevos soles) y la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA Nº 077-2012-MTPE/4/11 por el monto de S/. 1 244 098.39 (Un millón doscientos cuarenta y cuatro mil noventa y ocho con 39/100 nuevos soles); Que, mediante el Informe Nº 024-2012-DVMPEMPE/ TP-DP, la Dirección de Proyectos del Programa comunica a la Directora Nacional, la Certifi cación de Crédito Presupuestario otorgada por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, para la transferencia del rubro OTROS, por un monto total de S/. 5 805 533.57 (Cinco millones ochocientos cinco mil quinientos treinta y tres con 57/100 nuevos soles); Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Nacional, del Director de Proyectos, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75º la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el artículo 12º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; y la Resolución Ministerial Nº 371-2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 330-2011-TR, “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de los organismos ejecutores del sector público correspondiente a los Proyectos de Contingencia Excepcional 47 (AC 47) para el pago del rubro OTROS, por la suma total de S/. 1 601 364.21 (Un millón seiscientos un mil trescientos sesenta y cuatro con 21/100 nuevos soles), conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 755460-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Inversiones del Sur GNV- GLP S.A.C. como taller de conversiones de gas natural vehicular para la instalación de kit de conversión en local ubicado en el departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 544-2012-MTC/15 Lima, 6 de febrero de 2012 VISTOS: El Parte Diario Nº 153838 de fecha 29.12.2011, y el expediente N° 2012-001398 de fecha 23.01.2012, la empresa INVERSIONES DEL SUR GNV-GLP S.A.C., presenta la solicitud para operar como Taller de Conversiones de Gas Natural Vehicular – GNV en el local ubicado en la Calle Simón Bolívar N° 295-299, Mz “T1”, Lote 16, Distrito de PARCONA, Provincia y Departamento de Ica, y; CONSIDERANDO: Qué, la Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15, modifi cada por las Resoluciones Directorales N° 7150-2006-MTC/15 y N° 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV” en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Qué, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Qué, de acuerdo al Informe N° 065-2012-MTC/15.03. Tall.crl, elaborado por el abogado informante de la