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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (23/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de febrero de 2012 461244 “ORDENANZA QUE DISPONE MEDIDAS PARA GARANTIZAR EL PROCESO EDUCATIVO DE LA REGIÓN JUNÍN Y RESGUARDAR LA ECONOMÍA DE LOS PADRES DE FAMILIA” Artículo Primero.- ESTABLÉZCASE el Uniforme Único Escolar de Color Plomo en las Instituciones Educativas Públicas, debiendo implementarse progresivamente esta medida; en consecuencia, queda terminantemente prohibida la exigencia y venta de uniformes, otros artículos y accesorios a recomendación de los docentes y/o directivos. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE la evaluación anual en 2 períodos, en los meses de julio y noviembre a las Instituciones Educativas Públicas de la Región, otorgándose incentivos al Centro Educativo que ocupe el primer lugar. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE el otorgamiento de becas de estudio a los alumnos de 5º de secundaria de las Instituciones Educativas Públicas que ocupen los 3 primeros puestos por el período de un año, resultado de un proceso de selección y evaluación. Artículo Cuarto.- PROHÍBASE la realización de todo tipo de actividades extracurriculares con fi nes económicos, cursos de reforzamiento y nivelación con contraprestación económica adicional, y Fiestas de Promoción durante el año académico. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo, la reglamentación de la presente Norma, en un plazo de 30 días calendarios. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Social el seguimiento, monitoreo y vigilancia respectiva, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 15 días del mes febrero de 2012. SAÚL ARCOS GALVAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 17 días del mes febrero de 2012. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente Gobierno Regional Junín 754984-1 Aprueban la institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en la Región Junín ORDENANZA REGIONAL N° 125-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN. POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Extraordinaria celebrada a los 15 días del mes de febrero de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los artículos 5° y 45° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, es misión del Gobierno Regional de acuerdo a su competencia exclusiva, compartida y delegada, en el marco de las políticas Nacionales y Sectoriales, contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. En los literales a), h) y p) del artículo 47° de la misma Ley, se establece que el Gobierno Regional tiene como funciones específi cas en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación de formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada, (…) en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; y, evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política de acreditación y certifi cación de la calidad educativa en el ámbito de su competencia; Que el Gobierno Regional de Junín por intermedio de la Dirección Regional de Educación Junín, ha propuesto la MOVILIZACIÓN REGIONAL PARA EL BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR, durante la última semana del mes de febrero de cada año, campaña que tiene como fi nalidad la de otorgar un crecimiento educativo con inclusión social, asumidos por todos los órganos del gobierno local, regional y nacional del ámbito de la región Junín, así como la Sociedad Civil, dirigido como política social del Estado, con el objetivo de mejorar el nivel educativo, promover y garantizar un aprendizaje efectivo de calidad para todos, la misma que requiere ser Institucionalizada a través de una norma de jerarquía superior regional, para el mejor cumplimiento de sus objetivos; Que, al respecto el Gobierno Regional de Junín busca construir oportunidades educativas de calidad para que todos nuestros niños, niñas y adolescentes puedan formarse bajo acciones competentes, creativas, como personas capaces de razonar de manera lógica, haciendo uso del saber científi co, matemático y de pensar sobre su propia realidad, de manera crítica como ciudadanos democráticos capaces de ejercer su ciudadanía de manera plena, responsable y respetuosa en una sociedad multicultural, evitando seguir con el sedentarismo educativo, de parte de los componentes que forman el SISTEMA EDUCATIVO REGIONAL; Que, es importante la participación de las distintas entidades públicas y privadas, así como de la Sociedad Civil, que tendrán el objetivo de contribuir con un buen inicio del año escolar dándole un nuevo brillo a la calidad educativa, al respecto, entidades públicas locales, regionales y nacionales del ámbito de la región Junín, en coordinación con la policía nacional implementaran diversas acciones estratégicas, que desarrollarán una política inclusiva desde el momento en que los educandos se dirijan a los centros educativos, brindando seguridad dentro y fuera de las aulas, a fi n de que sean tratados con respeto, evitando el abuso de los transportistas, brindándoles una atención de calidad y respeto, implementando brigadas de control de la salud, realizando visitas regulares a las Instituciones educativas a fi n de realizar evaluaciones periódicas y con ello brindarles una mejor calidad en el ámbito educativo; velar por aquellos estudiantes que por razones de distancia o situación económica no reciben un trato adecuado e igualitario al inicio del año escolar, en concordancia con lo estipulado en el Acuerdo Nacional, Ley General de Educación y el Plan Nacional de Educación Para Todos; Que, es importante promover la participación de los organismos públicos, la empresa privada, la sociedad civil en general de todos los demás entes comprometidos con la calidad educativa, en la provisión oportuna de materiales, a fi n de que al educando no le falte instrumentos para efectivizar su educación; Que, el Consejo Regional considera que, al implementar la presente Ordenanza, se comenzará a optimizar el sistema educativo, brindándole mayores facilidades a los