Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2012 (23/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

461234
VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2012

El Oficio N° 08-2012-ETIINLPT-GO/PJ, cursado por el Gerente Operacional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; el Informe N° 002-2012-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de General del Poder Judicial; el Oficio N° 2390-2011-PCSJLIMASUR/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur; y el Oficio N° 197-2011-GPGGPJ, de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, establece que el Poder Judicial dispone la creacion e instalacion progresiva de juzgados y MORDAZA laborales en los Distritos Judiciales de la Republica que lo requieran. Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 023-2012-CE/ PJ, de fecha 7 de febrero del ano en curso, aprobo el Calendario de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; estableciendose para el Distrito Judicial de MORDAZA Sur a partir del 2 de MORDAZA de 2012. Tercero. Que acorde con lo dispuesto en la mencionada resolucion, se remite propuesta de conformacion de organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur; sustentada en el Informe N° 002-2012-SEPGP-GG-PJ, elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial, y el Oficio N° 2390-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, de la Presidencia de la referida Corte Superior. Cuarto. Que los incisos 24, 25 y 28 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica el Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Quinto. Que resulta conveniente fortalecer la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia mas eficiente, siendo necesario, en tal sentido, dictar las medidas pertinentes a fin de hacer efectivos los principios procesales de inmediacion, oralidad, concentracion, celeridad, economia y veracidad consagrados en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N° 29497. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 128-2012 de la setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, sin la intervencion de los senores Almenara MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de licencia y vacaciones, respectivamente. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear los siguientes organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur: · Juzgado Especializado de Trabajo de MORDAZA Sur, con sede en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, el mismo que conocera los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo y los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. · Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado con especialidad laboral de MORDAZA Sur, con sede en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, los mismos que conoceran los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. Articulo Segundo.- Disponer las siguientes medidas sobre la competencia de los organos jurisdiccionales:

· La Sala Civil, con sede en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, asumira en adicion a sus funciones los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, manteniendo su competencia territorial. · El Juzgado Mixto y el Juzgado Civil, con sede en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; el Juzgado Civil, con sede en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores; el Juzgado Mixto, con sede en el Distrito de MORDAZA El Salvador; y el Juzgado Mixto, ubicado en el Distrito de Lurin, liquidaran los procesos laborales a su cargo y continuaran tramitando los demas procesos que conocen, con sus mismas competencias territoriales. · El Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado CivilLaboral del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; el Juzgado de Paz Letrado Civil-Laboral del Distrito de MORDAZA El Salvador; el Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados Civil-Laboral del Distrito de San MORDAZA de Miraflores y el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Lurin, liquidaran los procesos laborales a su cargo y continuaran tramitando los demas procesos que conocen, con sus mismas competencias territoriales. Articulo Tercero.- El Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo llevara a cabo acciones de seguimiento, evaluacion y monitoreo en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur, a fin de verificar el desarrollo del MORDAZA de implementacion de la citada Ley, debiendo todas las areas administrativas y jurisdiccionales de la Gerencia General del Poder Judicial y de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, respectivamente, brindar el apoyo requerido dentro del menor plazo posible. Articulo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur asi como a la Gerencia General del Poder Judicial a efectuar las acciones necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion, en cuanto sea de su competencia, en coordinacion con el Equipo Tecnico Institucional, velando por el cumplimiento estricto de la fecha de implementacion. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial ejecute las medidas tendientes a la efectiva implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur, consistentes en la dotacion de los recursos conforme a las previsiones establecidas para tal efecto, con cargo a los recursos presupuestales del Poder Judicial. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 755489-2

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban clasificacion de cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Conservatorio Nacional de Musica
RESOLUCION DIRECTORAL N° 426-11-CNM MORDAZA, 21 de diciembre de 2011.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.