Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2012 (23/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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MORDAZA PRECEDENTE EL CONTRATO DE COMODATO "El contrato de comodato no es un acto inscribible en el Registro de Predios". Criterio sustentado en la Resolucion Nº 317-2001ORLC/TR del 23/07/2001. TERCER PRECEDENTE RANGOS DE TOLERANCIAS EN INMATRICULACIONES "Cuando en las inmatriculaciones no coincida el area graficada en el plano con el area del predio que aparece en el titulo de propiedad, no se aplicaran los rangos de tolerancias". Criterio sustentado en la Resolucion Nº 1348-2010SUNARP-TR-L del 17/09/2010 755606-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban implementacion del MORDAZA Sistema de Notificaciones Electronicas - SINOE
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 011-2012-CE-PJ MORDAZA, 24 de enero de 2012 VISTO: El Oficio N° 1353-2011-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la Gerencia General del Poder Judicial somete a consideracion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta de implementacion del MORDAZA Sistema de Notificaciones Electronicas ­ SINOE, basado en el MORDAZA de firmas con utilizacion de interfase de acceso, elaborada por la Gerencia de Informatica. Segundo. Que mediante Resolucion Administrativa N° 336-2008-CE-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2008, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobo la Directiva N° 015-2008-CE-PJ denominada "Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial (SINOE ­ PJ)", la misma que en sus Disposiciones Especificas, numeral 5., establecio que las Firmas Digitales estan contenidas en un Token ­ USB de seguridad u otro medio que permita el almacenamiento de las Claves Criptograficas (Firmas Digitales), para facilitar el MORDAZA de autenticacion de los usuarios del "SINOE ­ PJ". En tal sentido, resulta MORDAZA que independientemente del sistema que se ha venido utilizando mediante el uso de tecnologia TOKEN, la mencionada directiva establecio la posibilidad de hacer uso de otros medios distintos al del TOKEN para el almacenamiento de las Claves Criptograficas (Firmas Digitales). Tercero. Que del analisis de la propuesta presentada por la Gerencia General del Poder Judicial se advierte que el Sistema de Notificaciones Electronicas que utiliza la tecnologia TOKEN ha resultado onerosa para la institucion, pues el uso de esta ha presentado dificultades debido a que por ser personal e intransferible, genera problemas cuando se presentan rotaciones de personal en los organos jurisdiccionales. Cuarto. Que la alternativa presentada y desarrollada integramente por la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial, se MORDAZA en el MORDAZA de firmas

con utilizacion de interfase de acceso, donde el Juez y/o Secretario deben ingresar un usuario y clave de forma que autentique su identidad. Este sistema tiene como ventajas que no es necesario la contratacion de licencias de software; esta sustentado en el diseno de una solucion sobre la base de software libre, lo que significa cero costo; no existe dependencia respecto de proveedores; el costo de operacion disminuye sustancialmente; y permite contar con escalabilidad para poder crecer indefinidamente en numero de usuarios. Todas estas ventajas hacen posible la continuidad del sistema de notificacion electronica, asegurando altos niveles de confiabilidad y seguridad a traves de mecanismos de validacion y encriptacion de claves y documentos, tanto mas si se considera que el uso de esta tecnologia no implica mayores gastos para la institucion. Quinto. Que siendo asi, estando a lo senalado precedentemente, resulta conveniente aprobar la implementacion del MORDAZA Sistema de Notificaciones Electronicas ­ SINOE; sin perjuicio de precisar que dado que la Directiva N° 015-2008-CE-PJ, denominada "Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial (SINOE ­ PJ)", en sus Disposiciones Especificas, numeral 5., establecio la posibilidad de hacer uso de otros medios como el que es materia de la presente propuesta, no es necesario realizar modificaciones a la misma, manteniendo su vigencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 0612012 de la tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, de conformidad con el informe del senor Chaparro MORDAZA, con arreglo a lo previsto en el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la implementacion del MORDAZA Sistema de Notificaciones Electronicas ­ SINOE, elaborado por la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial, basado en el MORDAZA de firmas con utilizacion de interfase de acceso. Articulo Segundo.- La Gerencia General del Poder Judicial a traves de la Gerencia de Informatica brindara el apoyo logistico y operativo; y, ademas es la encargada de desarrollar e implementar el MORDAZA Sistema de Notificaciones Electronicas ­ SINOE. Articulo Tercero.- La Directiva N° 015-2008-CE-PJ, denominada "Sistema de Notificaciones Electronicas del Poder Judicial (SINOE ­ PJ)" aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 336-2008-CE-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2008, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa de la presente resolucion, se mantiene vigente. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 755489-1

Crean diversos organos jurisdiccionales para la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 028-2012-CE-PJ MORDAZA, 16 de febrero de 2012

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