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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2012 (09/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de julio de 2012 470265 22 de junio de 2012 a la ciudad de Panamá a participar del referido evento y que los pasajes aéreos serán cubiertos por la institución invitante, solicitando viáticos por 04 días; Que, es de particular interés de la Asamblea Nacional de Rectores establecer lazos de cooperación institucional entre las instituciones educativas organizadoras del “XIII Encuentro Internacional Virtual Educa Panamá 2012”, así como de los participantes locales e internacionales del mismo, por lo que resulta necesario autorizar el viaje a Panamá del máximo representante de nuestra institución; Que, mediante memorando Nº 227-2012-D.PPSTO/ DGPU/ANR, la Dirección de Presupuesto de la Asamblea Nacional de Rectores comunica que ha tomado las previsiones necesarias para atender los viáticos del viaje referido en el considerando precedente; Que, mediante memorando Nº 585-2012-SE, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución que autorice el viaje del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores a la ciudad de Panamá para que participe en el “XIII Encuentro Internacional Virtual Educa Panamá 2012”, otorgándose viáticos por cuatro días; De conformidad a la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su reglamento y normas pertinentes; y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Panamá del Dr. Orlando Velásquez Benites, Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, desde el 19 al 22 de junio de 2012, con la fi nalidad de que participe en en el “XIII Encuentro Internacional Virtual Educa Panamá 2012”. Artículo 2º.- Precisar que los gastos aéreos serán asumidos por la institución invitante, correspondiendo a la Asamblea Nacional de Rectores atender los siguientes egresos: • Viáticos por cuatro días (US$ 200 por día) US$ 800,00 Artículo 3º.- Establecer que los egresos que irrogue la presente resolución serán atendidos con el Presupuesto Institucional del año fi scal 2012, afectándolos la Específi ca del Gasto 2.3.2.1.1.2 “Viáticos y asignaciones por comisión de servicio”; Genérica del Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”; Secuencia Funcional 009 “Orientación, coordinación, desarrollo de la política institucional y de actividad”; por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 4º.- Disponer que dentro de los ocho (08) días de retorno al país, el funcionario autorizado mediante la presente resolución deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 811416-1 Declaran que la Pontificia Universidad Católica del Perú ha cumplido lo previsto en la Ley Universitaria, respecto a la creación y funcionamiento del Doctorado en Sociología COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0664-2012-ANR Lima, 18 de junio de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 066/2012-S, de fecha 25 de enero de 2012, el informe Nº 077-2012-DGDAC, de fecha 27 de febrero de 2012, el memorando Nº 250-2012-SE, de fecha 07 de marzo de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud al artículo 92º inciso f) de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, es atribución específi ca e indelegable de la Asamblea Nacional de Rectores, concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios; Que, por Resolución Nº 725-2009-ANR, de fecha 22 de junio de 2009, la Asamblea Nacional de Rectores, declaró que la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, con sus respectivas Unidades Académicas, especialidades y menciones, Segunda Especialidad así como los Doctorados y Maestrías en su Escuela de Posgrado, cumplen con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Que, mediante ofi cios de vistos el Secretario General de la Pontifi cia Universidad Católica de Perú, remite Resolución Rectoral Nº 010/2012, de fecha 19 de enero de 2012, mediante la cual se resuelve autorizar la remisión a la Asamblea Nacional de Rectores del expediente de creación del Doctorado en Sociología; adjuntándose adicionalmente el correspondiente plan de estudios del mencionado doctorado; Que, según el informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, es de la opinión favorable a emitir la Resolución que declare aprobada la creación y el funcionamiento del Doctorado en Sociología; en vista de que, la Pontifi cia Universidad Católica del Perú ha cumplido satisfactoriamente con lo establecido en el artículo 24º, el inciso f) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria y los requisitos establecidos por la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se declare que la Pontifi cia Universidad Católica del Perú ha cumplido con lo previsto en el artículo 92º, inciso f) de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento del Doctorado en Sociología; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Pontifi cia Universidad Católica del Perú ha cumplido con lo previsto en el artículo 24º y en el inciso f) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creación y el funcionamiento del Doctorado en Sociología; quedando en consecuencia aprobado para su funcionamiento. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, así como a la Dirección de Carnés Universitarios y la Unidad de Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 811414-1