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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2012 471334 De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Conformación del Grupo de Trabajo Confórmese el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac”, con la fi nalidad de promover el desarrollo integral de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, y apoyar en la implementación de los proyectos de desarrollo y ejecución de obras que presenten las autoridades distritales y la autoridad provincial de Cotabambas. Artículo 2º.- Integrantes El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac” estará integrado de la siguiente manera: - Un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas, quien la presidirá; - Un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un (1) representante del Ministerio de Salud; - Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; - Un (1) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; - Un (1) representante del Ministerio de Agricultura; - Un (1) representante del Ministerio de Transporte y Comunicaciones; Asimismo, podrán integrar el citado Grupo de Trabajo los siguientes: - Un (1) representante de la Municipalidad Provincial de Cotabambas, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; - Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Cotabambas, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; - Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Tambobamba, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; - Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; - Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Haquira, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; - Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Mara, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; - Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; Artículo 3º.- Designación de Representantes e instalación del Grupo de Trabajo Los integrantes del Grupo de Trabajo deberán contar con un representante alterno; siendo ambos representantes, titular y alterno, designados mediante resolución del titular de la entidad a la que pertenecen, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac” se instalará en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir del día siguiente de culminado el plazo de designación de los representantes que conforman el indicado Grupo de Trabajo. Articulo 4º.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac” podrán solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los representantes de las entidades públicas y privadas; para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines. Artículo 5º.- Gastos El funcionamiento del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac” no irrogará gastos adicionales al Estado. Artículo 6º.- Vigencia El Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac” tendrá una vigencia de doce (12) meses, contado desde su instalación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMENEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 819155-1 AGRICULTURA Aceptan renuncia y encargan funciones de Sub Director de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración de la ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 295 -2012-ANA Lima, 24 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº894-2011-ANA, se encargó al señor Caharin Alberto Caparó Jarufe, las funciones de Sub Director de la Unidad de Logística de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; Que, el citado funcionario ha presentado su carta de renuncia a la institución, por motivos estrictamente personales; Que, se ha visto por conveniente aceptar la referida renuncia y consecuentemente es necesario encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la referida Unidad de la Ofi cina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del día 01 de Agosto de 2012, la renuncia presentada por el señor CAHARIN ALBERTO CAPARÓ JARUFE, a la Sub Dirección de la Unidad de Logística de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, y en consecuencia dar por concluida la encargatura de funciones conferida mediante la Resolución Jefatural Nº894-2011-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar, a partir del día 01 de Agosto de 2012, al señor RODOLFO ENRIQUE ZAPATA ROMÁN, las funciones de Sub Director de la Unidad de