Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2012 (25/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2012

- Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Arqueologia, representante titular. - Senor MORDAZA Izarra Foronda, Arqueologo de la Direccion de Arqueologia, representante alterno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 818695-1

SALUD
Rectifican error material incurrido en la R.M. N° 525-2012/MINSA en lo que corresponde a la denominacion de la Direccion General de Epidemiologia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 622-2012/MINSA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2012

ECONOMIA Y FINANZAS
Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 021-2012-EF/15.01 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 113-2012-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de MORDAZA de 2012; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo -------------------------------------------------------------------------------------Del 1/7/2012 al 15/7/2012 362 671 633 3 604 -------------------------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Viceministra de Economia 818699-1

Visto, el Expediente N° 12-062899-001, que contiene la Nota Informativa N° 201-2012-DGE-DVE/MINSA, remitido por la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 525-2012/ MINSA, de fecha 26 de junio de 2012, se resolvio, entre otros, restructurar la organizacion y dependencia funcional de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud; Que, en el articulo 5° de la precitada Resolucion Ministerial se dispuso que el Comite de Expertos de las Estrategias Sanitarias Nacionales estaria conformado, entre otros, por un representante de la Oficina General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; Que, conforme se desprende del documento de visto, el Director General de Epidemiologia del Ministerio de Salud, informa que en la Resolucion Ministerial N° 525-2012/MINSA existe un error material, al haberse consignado a la Direccion a su cargo como Oficina General de Epidemiologia, cuando la denominacion es Direccion General de Epidemiologia; Que, el numeral 201.1 del articulo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, estando a que la rectificacion solicitada no altera lo esencial del contenido, ni el sentido de la Resolucion Ministerial N° 525-2012/MINSA, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el numeral 201.1 del articulo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificar el error material incurrido en la parte resolutiva de la Resolucion Ministerial N° 5252012/MINSA, en lo que corresponde a la denominacion de la Direccion General de Epidemiologia, siendo que toda referencia hecha a la Oficina General de Epidemiologia se entendera hecha a la Direccion General de Epidemiologia, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 818256-3

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