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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2012 (25/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de julio de 2012 471338 Vitarte de la Dirección de Salud IV Lima Este, del Ministerio de Salud; Que, con documento de visto la Directora General del Hospital Vitarte de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, solicita dar término a la designación del señor Raúl Ismael Chávez Farfán, en el cargo de Jefe de la Unidad de Planeamiento Estratégico y designar a los profesionales propuestos; Que, mediante Informe N° 007-2012-OIE-OARH- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emitió opinión favorable respecto del pedido formulado por la Directora General del Hospital Vitarte de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, señalando que procede la designación por tratarse de cargos califi cados como de confi anza; Que, en tal sentido resulta necesario emitir el acto correspondiente, a fi n de asegurar el normal funcionamiento del Hospital Vitarte de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término a la designación del señor Raúl Ismael CHÁVEZ FARFÁN, en el cargo de Jefe de la Unidad de Planeamiento Estratégico del Hospital Vitarte de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar en el Hospital Vitarte de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, a los profesionales que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Médico Cirujano Silvia Elena GUTIÉRREZ CABEZAS Directora Adjunta F-2 Señora Jeanette Maribel VALERA GUZMÁN Jefa de Unidad de la Unidad de Planeamiento Estratégico F-2 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 818256-5 Disponen la prepublicación en el portal de internet del Ministerio del proyecto de Reglamento Técnico que regula los Límites de Uso de Ácidos Grasos Trans (AGT´s) en los Alimentos Elaborados Industrialmente y la información obligatoria que debe consignarse en el etiquetado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 625-2012/MINSA Lima, 20 de julio del 2012 Visto los Expedientes N°s. 12-043775-001 y 12- 043775-002, que contienen los Informes N°s 002919- 2012/DHAZ/DIGESA, 0032179-2012/DHAZ/DIGESA y 3511-2012DHAZ/DIGESA, de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud refi ere que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modifi catorias, dispone que la Dirección General de Salud Ambiental es el órgano técnico en los aspectos relacionados a higiene alimentaria, entre otros; Que, el artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Salud Ambiental, es la Autoridad de Salud de nivel nacional y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de supervigilancia en materia de inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano, elaborados industrialmente, de producción nacional o extranjera, con excepción de los alimentos pesqueros o acuícolas; Que, en ese sentido y con los documentos del visto, la Dirección General de Salud Ambiental ha elaborado el Reglamento Técnico que regula los Límites de Uso de Ácidos Grasos Trans (AGT´s) en los Alimentos Elaborados Industrialmente y la información obligatoria que debe consignarse en el etiquetado, a efecto de proteger la salud de la población, contribuyendo a un adecuado e informado consumo; Que, el artículo 7° del Decreto Supremo N° 149- 2005-EF, Disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicio, en el ámbito de servicios de la OMC, estipula que los proyectos de Reglamentos Técnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios deberán publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” o en la página web del sector que los elabore, y que el proyecto de Reglamento Técnico deberá permanecer en el vínculo electrónico por lo menos noventa (90) días calendario, contados desde la publicación de la Resolución Ministerial del sector correspondiente en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, resulta necesario disponer la prepublicación del referido proyecto de Reglamento Técnico en el portal de internet del Ministerio de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 149-2005-EF, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la prepublicación del proyecto de Reglamento Técnico que regula los Límites de Uso de Ácidos Grasos Trans (AGT´s) en los Alimentos Elaborados