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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (01/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 467433 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 002/u-8.p/02.00, de fecha 24 de enero de 2012; Nº 003/U-8.p/02.00, de fecha 20 de febrero de 2012; la Resolución Nº 0007-2012-ANR, de fecha 05 de enero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que los errores material y aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, debiendo adoptarse las mismas formas y modalidades de comunicación o publicación del acto original; Que, mediante Resolución Nº 0007-2012-ANR, de fecha 05 de enero de 2012, se declaró culminado el proceso de adecuación de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” de acuerdo a la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, reconociéndole los deberes y derechos otorgados por la Ley Nº 29696, la Resolución Nº 679-2008-ANR y la Resolución Nº 0815-2011-ANR; Que, mediante ofi cios de vistos, el Director de la Escuela Militar de Chorrillos indica determinados errores materiales en el texto de la referida Resolución Nº 0007- 2012-ANR, solicitándose la rectifi cación del caso; Que, después de haber revisado al detalle la referida resolución, en contraste con la documentación que le dio origen, se evidencia algunos errores materiales que no altera lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión, correspondiendo en consecuencia la rectifi cación correspondiente de acuerdo a lo establecido en el artículo 201º, numeral 201.1, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la sección “Vistos” y el artículo 2º de la Resolución Nº 0007-2012-ANR, los que quedarán expresados de la siguiente forma: “VISTOS: Los ofi cios Nº 238 SDACA/EMCH/05.00, con fecha de recepción 02 de setiembre de 2011; Nº 239/SDACA/ EMCH-CFB/05.00, con fecha de recepción 09 de setiembre de 2011; Nº 258/SDACA/EMCH-CFB/05.00, con fecha de recepción 16 de noviembre de 2011; Nº 025/ U-6t/02.00, con fecha de recepción 29 de diciembre de 2011; los informes Nº 183-2011-DGDAC, de fecha 06 de diciembre de 2011; Nº 003-2012-DGDAC, de fecha 03 de enero de 2012; el memorando Nº1111-2011-SE, de fecha 07 de diciembre de 2011; y,” (…) “Artículo 2º.- Declarar que la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y la Guía de Adecuación a la Ley Universitaria aprobada por Resolución Nº 0599-2011-ANR, ha organizado los planes curriculares de la Carrera Profesional de Ciencias Militares, sus especialidades y menciones, quedando aprobados para su ejecución, de acuerdo al siguiente detalle: Carrera Profesional de Ciencias Militares • Especialidades de Infantería, Caballería, Inteligencia e Intendencia con Mención en Administración. • Especialidades de Artillería, Ingeniería, Comunicaciones y Material de Guerra, con Mención en Ingeniería.” Artículo 2º.- Dejar vigente en todos sus demás extremos la Resolución Nº 0007-2012-ANR. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en la página web institucional. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 794863-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan expedición de duplicados de diplomas de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. N° 341-2012-CU-UNFV San Miguel, 16 de enero de 2012 Visto el expediente NT 67903, de fecha de recepción 15.09.2011, seguido por doña MIRIAM ELIZABETH POZO CASTRO, mediante el cual solicita duplicado de diploma de Título Profesional de Licenciada en Educación Secundaria, Especialidad: Educación Comercial, expedido por esta Universidad; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, con fechas 21.01.06 y 14.06.06, respectivamente, se publicaron en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución Nº 1525-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos profesionales expedidos por universidades del país; así como, la Resolución Nº 1895- 2006-ANR, que modifi ca dicho Reglamento; Que, mediante Resolución R. Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11.05.06, la Universidad Nacional Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional; así como, de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos mil con 00/100 nuevos soles), y los incluyó en el nuevo “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolución R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.03; Que, mediante documento de fecha 15.09.2011, doña MIRIAM ELIZABETH POZO CASTRO, solicita el duplicado de diploma de Título Profesional de Licenciada en Educación Secundaria, Especialidad: Educación Comercial, expedido por esta Universidad y que, como ha quedado acreditado con la denuncia policial de fecha 05.09.2011, se extravió en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao; asimismo, adjunta entre otros documentos, la publicación de la pérdida del referido título; así como, los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, expedida por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 09.09.2011, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, con fecha 15.07.1999 expidió el diploma de Título Profesional de Licenciada en Educación Secundaria, Especialidad: Educación Comercial a doña MIRIAM ELIZABETH POZO