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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (13/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2012 468238 Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. (...)”, lo cual resulta concordante con lo establecido en el numeral 29) del artículo 9º de la mencionada norma, que establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales”; Que, mediante Informe Nº 423-2012-SGF-GSC-MSS del 27.03.2012, la Subgerencia de Fiscalización informa sobre la ocupación de áreas verdes (uso público) por parte de terceros en el distrito, indicando mediante Cuadro Resumen de Papeletas de Infracción del 2008 al 2012, que se han emitido un total de 609 Papeletas de Infracción, dentro de procesos administrativos de sanción dirigidos contra dichos ocupantes, por lo que propone un proyecto de Ordenanza, a través del cual se brinde facilidades a los ocupantes de las indicadas áreas de uso público, para que estos cumplan con sus obligaciones administrativas, adecuando su conducta, restituyendo los bienes de uso público que vienen ocupando irregularmente, contribuyendo así con la paz social y el respeto al interés público, teniendo en cuenta que las áreas públicas son imprescriptibles e inalienables; Que, con los Memorandos Nºs. 476 y 554-2012-GSC- MSS de fechas 30.03.2012 y 12.04.2012 respectivamente, la Gerencia de Seguridad Ciudadana remite el “proyecto de Ordenanza que dispone otorgar benefi cios administrativos a las personas que desocupen y/o restituyan las áreas de uso público que se encuentren ocupando en el distrito de Santiago de Surco”, el cual tiene como objeto otorgar benefi cios administrativos a las personas que de manera voluntaria y dentro de la vigencia de la presente Ordenanza, restituyan los bienes de uso público que vienen ocupando irregularmente; Que, mediante Memorándum Nº 166-2012-GPP- MSS del 10.04.2012, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable por el presente proyecto de Ordenanza, en cuanto a que el efecto por la condonación de multas administrativas, puede ser asumido en el Presupuesto Institucional de la Corporación, correspondiente al presente año fi scal; Que, con Informe Nº 291-2012-GAJ-MSS del 16.04.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, la presente propuesta normativa, tiene como fi nalidad otorgar benefi cios administrativos a las personas que de manera voluntaria y dentro de la vigencia de la presente propuesta de Ordenanza, restituyan los bienes de uso público que vienen ocupando irregularmente, brindándose la condonación de las multas administrativas en un 100%, aun encontrándose las mismas en etapa coactiva. Asimismo, señala que acorde a lo dispuesto en el inciso 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, concordante con el numeral 5.5 de la Directiva Nº 005-2009-MSS, se exceptúa la prepublicación del proyecto de Ordenanza, dado que someter el mismo a dicha prepublicación, implicaría demorar el proceso de recuperación de áreas públicas que actualmente se viene ejecutando por esta Corporación. En tal sentido, concluye por emitir opinión favorable respecto al presente proyecto de Ordenanza, debiendo elevarse los actuados ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades se apruebe la norma propuesta; Que, mediante Carta Nº 063-2012-CGM-MSS del 25.04.2012, acorde a lo tratado en sesión conjunta de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos de fecha 23.04.2012, se acordó solicitar que la Gerencia de Desarrollo Urbano emita un Informe que indique cuales son las áreas públicas materia del proyecto de Ordenanza y su utilización, así como del Informe ampliatorio de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, con Informe Nº 125-2012-GDU-MSS del 21.05.2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano adjunta el Informe Nº 241-2012-SGPUC-GDU-MSS del 18.05.2012 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, del cual expresa su conformidad, señalando que conforme a la Ordenanza Nº 525-MML, las áreas verdes de uso público, son aquellos espacios de utilización general, ubicados en los parques, plazas, paseos, alamedas, malecones, bosques naturales y creados, jardines centrales o laterales de las vías públicas o intercambios viales y en general aquellas áreas de uso público que se encuentren cubiertas por plantas, además de los aportes para recreación establecidos en las habilitaciones urbanas. Asimismo, indica que de acuerdo a los estudios realizados por dicha Subgerencia, se tiene que entre las áreas públicas ocupadas por terceros (parques invadidos, pasajes, jardines, etc.) se encuentran las siguientes: Urbanización Los Álamos de Monterrico, Parques 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26, Urbanización La Capullana (ocupación de pasajes y jardines), Jardines de aislamiento en la Av. Benavides y otras; En tal sentido, considera importante la emisión del proyecto de Ordenanza, con la fi nalidad de recuperar las áreas públicas ocupadas indebidamente dentro del distrito; Que, mediante Informe Nº 375-2012-GAJ-MSS del 22.05.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los Artículos 46º y 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, así como el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 296-MML y el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 525-MML, en ampliación de su Informe Nº 291-2012-GAJ-MSS de fecha 18.04.2012, se ratifi ca en la procedencia de la presente propuesta de Ordenanza; Que, mediante los Memorándums Nºs. 442 y 582- 2012-GM-MSS de fechas 17.04.2012 y 23.05.2012 respectivamente, la Gerencia Municipal señala encontrar conforme la presente propuesta de Ordenanza; Estando al Dictamen Conjunto Nº 018-2012-CGM-CAJ- MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, los Informes Nºs. 291 y 375-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con los Artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE OTORGAR BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS A LAS PERSONAS QUE DESOCUPEN y/o RESTITUYAN LAS AREAS DE USO PUBLICO QUE SE ENCUENTREN OCUPANDO EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO. Artículo Primero.- OBJETO.- El Objeto de la presente Ordenanza tiene como fi nalidad otorgar benefi cios administrativos a las personas que de manera voluntaria y dentro de la vigencia de la presente Ordenanza, restituyan los bienes de uso público que vienen ocupando irregularmente. Artículo Segundo.- BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo primero de la presente Ordenanza: 1) Condonar en un 100% el importe total de las multas administrativas impuestas a los administrados que cumplan con desocupar o restituir en su totalidad el área pública ocupada dentro del plazo establecido en el Artículo Cuarto de la presente norma, asimismo, se condonarán las costas procesales y gastos administrativos cuando la multa se encuentre en ejecución coactiva. 2) Si dentro del plazo dispuesto, quienes se encuentren ocupando áreas públicas, adecuan la conducta pasible de sanción, de acuerdo a lo estipulado, no serán sujetos del inicio de un procedimiento administrativo sancionador ni de las acciones penales que correspondan. 3) En este régimen se encuentran incluidos únicamente las infracciones respecto a la ocupación de las áreas de uso público o las infracciones relacionadas con dicha conducta, en la etapa en que se encuentren, tanto en el procedimiento sancionador, como en el procedimiento coactivo, además de los convenios de fraccionamiento y Resoluciones de Pérdida de Fraccionamiento, de acogerse al presente benefi cio. Artículo Tercero.- PROCEDIMIENTO Para acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, el administrado presentará una solicitud dirigida a la Subgerencia de Fiscalización comunicando haber procedido con el retiro y/o desocupación de la totalidad del área pública que venía ocupando y/o la restitución del área pública ocupada de manera irregular. La presentación del documento deberá ser puesto en conocimiento vía correo electrónico a la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva cuando la deuda se encuentre en esta instancia, para efectos de las reservas del caso en cuanto a la ejecución de la medida de paralización, demolición o