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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (14/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2012 468281 su proyecto de Cuadro para Asignación de Personal, sustentado en los Informes Nºs 007-2012-OPE-HJATCH y 024-2012-OAJ-HJATCH; Que, con Informe Nº 0114-2012-OGPP-OO/MINSA, la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable a la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal del Hospital antes mencionado; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital “José Agurto Tello” de Chosica; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, en la Directiva Administrativa Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 603- 2006/MINSA y sus modifi catorias, así como en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital “José Agurto Tello” de Chosica, que consta de doscientos cuarenta y cuatro (244) cargos clasifi cados, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal aprobado por el artículo 1º de la misma, sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www. minsa.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29091, que establece la obligación de publicar los documentos de gestión e información en el Portal del Estado Peruano y en los portales electrónicos institucionales. Artículo 3º.- Dejar sin efecto los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 800605-6 Incorporan el Anexo 4: “Listado de Estándares de Acreditación para Establecimientos de Salud con Categoría III-2” a la NTS Nº 050-MINSA/ DGSP V.02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 491-2012/MINSA Lima, 12 de junio del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-027926-001, que contiene el Memorándum Nº 1786-2012-DGSP/MINSA, que a su vez contiene el Informe Nº 004-2012-DGSP-DCS/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 456- 2007/MINSA, se aprobó la NTS Nº 050-MINSA/DGSP- V.02 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”, cuya fi nalidad es contribuir a garantizar a los usuarios y al sistema de salud que los establecimientos de salud o servicios médicos de apoyo, según su nivel de complejidad, cuenten con capacidades para brindar prestaciones de calidad sobre la base del cumplimiento de estándares nacionales previamente defi nidos; Que, la precitada NTS Nº 050-MINSA/DGSP- V.02 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo” contiene tres anexos, recogiendo el Anexo 3 el Listado de Estándares de Acreditación para Establecimientos de Salud con Categoría I-1 a III-1; Que, así mismo, el subnumeral 7 del numeral VIII. DISPOSICIONES FINALES de la mencionada Norma Técnica de Salud establece que el Ministerio de Salud emitirá el Listado de Estándares de Acreditación para establecimientos de salud de la categoría III-2; Que, ese sentido, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto la aprobación del Anexo 4: Listado de Estándares de Acreditación para Establecimientos de Salud con Categoría III-2 de la NTS Nº 050-MINSA/ DGSP-V.02 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”, que tiene por fi nalidad que los Institutos Especializados puedan incorporarse a la dinámica de evaluación periódica del desempeño de los procesos gerenciales, prestacionales y de apoyo, dirigidos a obtener la Acreditación; Que, el literal d) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modifi catorias, dispone que corresponde a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Calidad en Salud, establecer las normas del Sistema de Acreditación para servicios y establecimientos de salud, así como, establecer los mecanismos para su difusión y cumplimiento; Que, en ese sentido, resulta conveniente incorporar el Anexo 4: “LISTADO DE ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE SALUD CON CATEGORIA III-2”, a la NTS Nº 050-MINSA/ DGSP V.02 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 456- 2007/MINSA; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar el Anexo 4: “LISTADO DE ESTÁNDARES DE ACREDITACIÓN PARA ESTABLECIMIENTOS DE SALUD CON CATEGORIA III- 2”, a la NTS Nº 050-MINSA/DGSP V.02 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 456-2007/MINSA, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer el mencionado Anexo como instrumento de referencia nacional, de aplicación en los establecimientos de salud públicos y privados del Sector, que pertenecen a la categoría III-2 en el ámbito nacional, el mismo que entrará en vigencia a la aprobación de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Calidad en Salud, la difusión e implementación del Listado de Estándares que se aprueba con la presente Resolución. Artículo 4º.- El Listado de Estándares entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 5º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución y el Listado de Estándares que aprueba en la dirección