Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2012 (19/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 19 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468641

- Ano 2011 - Ano 2012 Total

52 expedientes 5 expedientes ----------------------108 expedientes al 27 de enero de 2012.

Noveno.- Que, de lo actuado se tiene que el servidor MORDAZA MORDAZA sujeto a investigacion, ha incurrido en actos de inconducta funcional consistentes en haberse ausentado del centro de trabajo los dias 11,12 y 16 de enero del ano 2012, sin la autorizacion de su jefe inmediato; asi como haber incumplido con la entrega de 108 EXPEDIENTES asignados para su control contable, muchos de los cuales datan del ano 2009, como se ha demostrado en el considerando precedente a traves de los Informes alli citados. Decimo.- Al respecto, el articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 senala que "son faltas de caracter disciplinarias las que, segun su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo: a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamento; b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus superiores relacionadas con sus labores; c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior del personal jerarquico y de los companeros de labor; d) La negligencia en el desempeno de las funciones; e) El impedir el funcionamiento del servicio publico; f) La utilizacion o disposicion de los bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros; g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y, aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio revista excepcional gravedad; h) El abuso de autoridad, la prevaricacion o el uso de la funcion con fines de lucro; i) El causar intencionalmente danos materiales en los locales, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentacion y demas bienes de propiedad de la entidad o en posesion de esta; j) Los actos de inmoralidad; k) Las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario o mas de quince dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario; y l) Las demas que senale la Ley. Undecimo.- En el presente caso, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en incumplimiento de las normas establecidas en la Ley de la MORDAZA Administrativa y su reglamento, estando por tanto demostrado la modalidad agravante de CONCURRENCIA DE VARIAS FALTAS, esto es haberse ausentado injustificadamente del centro de trabajo, asi como la negligencia en el desempeno de sus funciones, faltas de caracter disciplinarias establecidas en los incisos k) y d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Por lo que de acuerdo a lo previsto por los articulos 150º, 151º inc. c); 153º; 155º y 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, corresponde imponer al servidor MORDAZA MORDAZA la Sancion Administrativa Disciplinaria de Cese Temporal Sin Goce de Haberes por Treinta y Cinco (35) dias. De conformidad con lo previsto por el articulo 64º del Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario en el Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0322-2006-AG de fecha 10 de MORDAZA de 2006, en concordancia con lo preceptuado por el articulo 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER al trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR TREINTA Y CINCO (35) DIAS, que sera ejecutada por la Direccion de la Unidad de Personal del Ministerio de Agricultura.

Articulo 2º.- Inscribir la Presente Medida Disciplinaria en la Carpeta Personal del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Registro correspondiente habilitado para el efecto en la Presidencia del Consejo de Ministros, oficiandose con tal objeto a la citada entidad con la MORDAZA certificada de la presente resolucion. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 803187-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje del Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales a Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-2012-MINCETUR/DM MORDAZA, 18 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, supervisar y evaluar la politica de negociaciones comerciales internacionales, asi como programar y ejecutar acciones concernientes a la Agenda Comercial de los diferentes esquemas de integracion, en coordinacion con los demas sectores del Gobierno en el ambito de sus respectivas competencias; Que, en el MORDAZA de los acuerdos comerciales vigentes, el Ministro de Agricultura del Peru llevara a cabo una reunion con el Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras y el Ministro del Poder Popular para la Alimentacion de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la MORDAZA de Caracas, el dia 20 de junio de 2012, para tratar sobre el flujo comercial de los productos agricolas, tema de interes fundamental de la politica de Estado, siendo uno de sus objetivos la busqueda de la competitividad agraria, el empoderamiento de los productores y la mejora de los cultivos nacionales; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, para que asista a dicha reunion brindando apoyo tecnico en representacion del MINCETUR; Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA

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